RECE0004T20 - Habilitación de centros de inspección periódica de botellas para respiración autónoma

Finalidad:

Comunicar el inicio de actividad como centros de inspección periódica de botellas para respiración autónoma en actividades subacuáticas y en trabajos de superficie, de acuerdo con las condiciones establecidas por la instrucción técnica complementaria EP-5, relativa a botellas de equipos respiratorios autónomos, del Reglamento de equipos a presión, aprobado por Real Decreto 809/2021, de 21 de septiembre.

Quien lo puede presentar:

Quienes cumplan los siguientes requisitos:

  • Ser titular de centros de inspección periódica de botellas de equipos respiratorios autónomos, o sus representantes legales.
  • Estar en disposición de poder acreditar lo establecido en la Instrucción Técnica Complementaria EP-05 del Real Decreto 809/2021, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias.
Plazos de presentación:

Todo el año.

Presentación:

Las solicitudes se podrán presentar:

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do  
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 
Órgano gestor:

Servicio de Política Industrial

Plazo de resolución:

3 meses.

Efecto del silencio administrativo:
Estimatorio
Recursos:

Recurso potestativo de reposición

Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Solicitud en modelo normalizado.
  • Proyecto de instalación del centro de inspección con plano de emplazamiento y de detalle. La zona de las pruebas con presión deberá cumplir las condiciones de emplazamiento previstas en el artículo 12 de la ITC EP-05.
  • Certificado de dirección técnica firmado por el técnico titulado competente de la empresa.
  • Copia de la huella del punzón con la contraseña de rechazo indicada en el anexo II de la ITC EP-05.
  • Identificación del punzón para el marcado que identifique a la empresa, que utilizará para colocar sobre las botellas que haya inspeccionado. Se adjuntará copia de éste marcado sobre un cuadrado de aluminio de 2 x 2 cm.
  • Modelo de etiqueta adhesiva de inspección periódica, que el centro de inspección pegará sobre la botella en el caso de botellas de materiales compuestos, una vez superada la inspección periódica y en la que constarán, como mínimo, los datos indicados en el artículo 7.3 de la ITC EP-05.
  • Modelo de etiqueta adhesiva de inspección visual, que el centro pegará sobre la botella una vez superada la inspección y en la que constarán, como mínimo, los datos indicados en el artículo 9.4 de la ITC EP-05.
  • Libro registro, manual o por medios electrónicos, de las inspecciones que será diligenciado por el correspondiente órgano competente de la comunidad autónoma en que radique y en donde constarán, como mínimo, los datos de registro previstos en las correspondientes normas UNE-EN 1968, UNE-EN 1802 y UNE-EN ISO 11623, según se trate de botellas de acero, aluminio o materiales compuestos respectivamente.
  • Declaración responsable en la que el titular del centro o el representante legal del mismo declare que cumple los requisitos que se exigen por esta ITC EP-05, que dispone de la documentación que así lo acredita, que se compromete a mantenerlos durante la vigencia de la actividad y que se responsabiliza de que la ejecución de los trabajos se efectúa de acuerdo con las normas y requisitos que se establezcan en esta ITC EP-05.
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
  • Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.
  • Tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal.
  • Poder notarial que acredite la representación.
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

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