DECO0002T02 - Comunicación de ventas en liquidación

Finalidad:

Comunicar a la Consejería competente en materia de comercio la pretensión de los comerciantes de efectuar este tipo de promociones

Quien lo puede presentar:

Quienes cumplan los siguientes requisitos:
  1. Ser comerciante en el ámbito territorial del Principado de Asturias o actuar por cuenta del mismo.
  2. Encontrarse en uno de los siguientes supuestos:

  • Cese total o parcial de la actividad de comercio. (En el supuesto de cese parcial tendrá que    indicarse la clase de mercancías objeto de liquidación).
  • Cambio de ramo de comercio o modificación sustancial en la orientación del negocio.
  • Cambio de local o realización de obras de importancia en el mismo.
  • Cualquier supuesto de fuerza mayor que cause grave obstáculo al normal desarrollo de la actividad comercial.
Plazos de presentación:

Todo el año.

La solicitud deberá presentarse con una antelación de 10 días al inicio efectivo de la venta en liquidación.

Presentación:

Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Órgano gestor:

Servicio de Gestión y Calidad Comercial

Plazo de resolución:

No tiene

Efecto del silencio administrativo:
No procede
Información adicional:

OTRAS CONDICIONES

  • La comunicación de ventas en liquidación será colocada en el exterior del comercio y una copia de esta notificación deberá estar expuesta al público.
  • En el exterior del comercio deberán figurar las fechas de inicio de la venta en liquidación y las causas de la misma.
  • La duración de la venta en liquidación será de 1 año.
  • La venta en liquidación no podrá anunciarse al público con antelación superior a una semana a la fecha de inicio de la misma.
  • No procede una nueva liquidación en el mismo establecimiento en el curso de los 3 años siguientes, excepto por cesación total de la actividad, por causa de fuerza mayor, o en ejecución de decisión judicial administrativa
Nivel de identificación del solicitante:
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Formulario de comunicación en modelo normalizado
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
Documentación relacionada:

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