CERT0055T01 - Prueba de certificación de niveles de competencia en lengua asturiana
Inscripción en la prueba de certificación de competencias en el uso de la lengua asturiana, y de dominio en las distintas actividades de lengua en los niveles Básico, A2, Intermedio B2 o Avanzado C1.
Quienes cumplan los siguientes requisitos:
- Tener, como mínimo, 16 años o cumplirlos en el año de la convocatoria.
Desde: 28/04/2025 00:00
Hasta: 19/05/2025 23:59
Presentación presencial
- Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
En los siguientes centros de inscripción:
- ES ARAMO
www.iesaramo.es
C/ Antonio Suárez Gutiérrez, 5
Oviedo/Uviéu. CP 33005.
985 23 14 10
- IES CALDERÓN DE LA BARCA
https://alojaweb.educastur.es/web/iescalderon
C/ Calderón de la Barca, s/n
Gijón/Xixón. CP 33204
985 37 05 40
- IES CARREÑO MIRANDA
"http://www.iescarrenomiranda.es" www.iescarrenomiranda.es
Avda. Cervantes, 26
Avilés. CP 33402
985 54 39 11
- IES BERNALDO DE QUIRÓS
"http://www.ibq.es" www.ibq.es
C/ Fray Paulino Álvarez, s/n
Mieres del Camín. CP 33600
985 46 49 82
Presentación telemática
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigido a uno de los centros de inscripción.
Servicio de Ordenación Académica y Evaluación Educativa
Recurso potestativo de reposición
- Ley 1/1998, de 23 de marzo, de uso y promoción del bable/asturiano. BOPA 28 de marzo de 1998
- Decreto 47/2019, de 21 de junio, por el que se establecen los niveles de competencia en el uso de la lengua asturiana y se regula la prueba de certificación correspondiente a dichos niveles adaptados al marco común europeo de referencia de las lenguas. BOPA 01 de julio de 2019
- Resolución de 28 de enero de 2020, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo, por la que se delegan en la Dirección General de Ordenación, Evaluación y Equidad Educativa de la Consejería de Educación las competencias relativas a la convocatoria, elaboración, administración, evaluación y calificación de las pruebas para la obtención de los certificados de los niveles de la lengua asturiana y a la expedición de dichos certificados y a sus equivalencias, reservándose la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo la competencia administrativa de dirección y coordinación relativa a dichas titulaciones, certificaciones y sus equivalencias. BOPA 31 de enero de 2020
- Resolución, de la Consejería de Educación, por la que se convocan las pruebas de certificación de lengua asturiana del año 2025 en el Principado de Asturias/Resolución de de la Conseyería d'Educación, pola que se convoquen les pruebes de certificación de llingua asturiana del añu 2025 nel Principáu d'Asturies
En el momento de la inscripción (31,63 €).
EXCLUSIONES
El personal docente o aquellas personas que hayan participado en la organización, la elaboración, la administración y la evaluación de las pruebas, en cualquiera de sus estadios, no podrán inscribirse en las pruebas de certificación.
INSCRIPCIÓN
- En la convocatoria actual no hay límite de plazas en ningún nivel.
Inscripción:
- La inscripción en las pruebas se publicará en los centros, de acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales. de inscripción y en el portal educativo Educastur a través de una consulta con DNI y NIE.
- El justificante de pago, se presentará junto con el resto de la documentación en el centro de inscripción en el plazo establecido.
ADAPTACIONES
- Las personas con alguna discapacidad que soliciten algún tipo de adaptación posible de tiempo y/o medios para la realización de la prueba, deberán justificarlo. Para ello deberán adjuntar a su solicitud, el certificado acreditativo del tipo y del grado de discapacidad expedido por la autoridad competente además de la petición concreta de la adaptación solicitada en el documento preparado al efecto.
- Las personas aspirantes con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo (NEAE) que precisen algún tipo de adaptación posible de tiempo y/o medios para la realización de las pruebas, deberán formular la correspondiente petición en la casilla habilitada en el formulario de solicitud, adjuntando a su solicitud el informe médico que acredite su diagnóstico clínico, expedido por un Servicio de salud, y/o informe de evaluación psicopedagógica emitido por el Departamento de Orientación del centro educativo donde haya cursado estudios o de un Servicio especializado de orientación.
ESTRUCTURA DE LAS PRUEBAS
- Las pruebas de certificación de lengua asturiana constarán de cinco partes independientes relacionadas con las actividades de lengua de:
a) comprensión de textos escritos;
b) comprensión de textos orales;
c) producción y coproducción de textos escritos;
d) producción y coproducción de textos orales;
e) mediación.
- Los candidatos y las candidatas podrán realizar las distintas partes de que consta la prueba de certificación de lengua asturiana sin que sea precisa la previa realización o superación de alguna de ellas.
- La dirección general competente en materia de ordenación académica publicará en el portal educativo Educastur un documento de especificaciones de la prueba de certificación de lengua asturiana con orientaciones para la realización de las mismas.
CALIFICACIÓN DE LAS PRUEBAS
- Cada una de las cinco partes de que consta la prueba de certificación de lengua asturiana se valorará utilizando una escala de 0 a 10 puntos, con un decimal.
- La calificación final de las pruebas de certificación de lengua asturiana se expresará en los términos de "Apto", "No apto" y "No presentado", otorgándose la calificación de "Apto" a quienes hayan obtenido al menos un 6 en el promedio de calificaciones de las 5 partes de la prueba, calculado este con redondeo a la décima, y siempre que se verifique la condición de contar con una puntuación de 5 o más puntos en cada una de las partes. La calificación final de "No presentado" corresponderá a las personas que no realicen ninguna de las partes de la prueba.
CERTIFICACIÓN DE ACTIVIDADES DE LENGUA
- A quienes no superen en las pruebas de lengua asturiana las cinco actividades de lengua del correspondiente nivel, se les podrá expedir, previa petición por su parte, una certificación académica en la que se haga constar que la persona aspirante ha alcanzado el grado de dominio requerido en algunas de las actividades de lengua realizadas.
- En las certificaciones de las actividades de lengua se hará constar la puntuación obtenida en la actividad de lengua correspondiente.
ABONO DE PRECIO PÚBLICO
- El precio público es de 31,63 euros.
- A los efectos de bonificaciones y exenciones por la condición de familia numerosa, se aplicará al precio público establecido lo dispuesto en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas.
- Las víctimas de actos terroristas, sus cónyuges e hijos/as, estarán exentos del pago del precio público de conformidad con la Ley 32/1999, de 8 de octubre, de Solidaridad con las Víctimas del Terrorismo. La condición de víctima se acreditará mediante la resolución administrativa correspondiente. En el caso de cónyuge e hijos/as se adjuntará copia del libro de familia.
- Las personas aspirantes que presenten una discapacidad reconocida igual o superior al 33% no tendrán obligación de pagar el precio público establecido por Decreto 192/2019, de 24 de octubre, por el que se establece el precio público por la inscripción en las pruebas de certificación de los niveles de competencia en el uso de la lengua asturiana.
- Solicitud en modelo normalizado
- Solicitud de adaptación de acceso para discapacidades o personas con NEAE (Necesidades Específicas de Apoyo Educativo)
- Copia del documento nacional de identidad, tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español o pasaporte, que acredite la identidad y la edad de la persona aspirante
- Certificado acreditativo del tipo y del grado de discapacidad expedido por la autoridad competente al efecto
- Petición concreta de la adaptación solicitada en documento, preparado al efecto, adjunto a la solicitud de inscripción
- Informe médico que acredite su diagnóstico clínico
- Petición concreta de la adaptación solicitada en documento, preparado al efecto, adjunto a la solicitud de inscripción
- Copia del documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español
- Certificado acreditativo del grado de discapacidad expedido por la autoridad competente al efecto
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
-
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