AUTO0264T04 - Pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio de Formación Profesional
Solicitar la participación en las pruebas de acceso a los ciclos de grado medio de Formación Profesional (FP).
Quienes cumplan los siguientes requisitos:
- Tener, como mínimo, 17 años o cumplirlos en el año natural en el que se realice la prueba.
- No poseer los siguientes títulos:
- Graduado en educación secundaria obligatoria o equivalente a efectos de acceso.
- Bachiller o equivalente a efectos de acceso.
- Módulos obligatorios de un programa de cualificación profesional inicial.
- Profesional básico.
- O no haber superado:
- La prueba general para el acceso al grado medio de las enseñanzas de artes plásticas y diseño para los que no reúnan los requisitos académicos de acceso.
- La prueba de madurez para el acceso a grado medio de las enseñanzas deportivas en régimen especial para quienes no reúnan los requisitos académicos de acceso.
- La prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
- Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio en convocatorias anteriores, en caso de los que deseen elevar la calificación obtenida en la misma.
Desde: 27/01/2025 00:00
Hasta: 07/02/2025 23:59
Institutos de educación secundaria y centros integrados de formación profesional incluidos en la convocatoria.
Servicio de Ordenación Académica y Evaluación Educativa
Recurso potestativo de reposición
PRUEBAS EN VARIAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS
No se podrá concurrir a las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio en más de una comunidad autónoma (artículo 21.5 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio).
CALENDARIO DE LA CONVOCATORIA DE LAS PRUEBAS
Ver la resolución de la convocatoria de las pruebas.
CELEBRACIÓN DE LA PRUEBAS
22 de mayo de 2025.
Los aspirantes deberán ir provistos de:
- DNI, pasaporte o cualquier otro documento legalmente reconocido, que acredite suficientemente la identidad.
- Materiales de escritura y de dibujo, de calculadora y otros útiles que guarden relación con la naturaleza de la prueba y que figuren en las orientaciones de la prueba.
NÚMERO DE PLAZAS
Se establecen 1.250 plazas.
Cuando el número de plazas no sea suficiente para atender todas las solicitudes presentadas se aplicará el siguiente orden de prelación:
- Estar matriculado/a, a fecha de publicación de la convocatoria anual, en centros docentes del Principado de Asturias sostenidos con fondos públicos o en enseñanzas de régimen general o especial no universitarias impartidas en centros privados autorizados por la consejería con competencias en educación. O bien, estar empadronado en una localidad del Principado de Asturias o tener fijado el domicilio de trabajo en el Principado de Asturias en la fecha de publicación de la convocatoria anual.
- Ordenación alfabética de acuerdo con el resultado del sorteo público y único celebrado anualmente en la consejería con competencias en educación.
EXENCIONES
Podrán solicitar la exención de parte de la prueba, quienes estén en posesión de un certificado de profesionalidad o acrediten una experiencia laboral de, al menos, un año a jornada completa.
EXENCIÓN DEL ÁMBITO DE COMUNICACIÓN
Estarán exentas de la parte del ámbito de comunicación las personas que, en el momento de la inscripción, acrediten encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:
- Haber superado las materias de Lengua Castellana y Literatura y alguna de las materias de Lengua Extranjera de cuarto curso de ESO.
- Haber superado la materia de Lengua Castellana y Literatura de cuarto curso de ESO y estar en posesión de un certificado de nivel A2 del marco común europeo de referencia para las lenguas en un idioma extranjero, o equivalente.
- Haber superado el ámbito de comunicación del segundo nivel de educación secundaria para personas adultas.
- Haber superado el ámbito lingüístico y social de un programa de diversificación curricular de ESO, siempre que dicho ámbito incluya contenidos de idioma extranjero o el mencionado ámbito junto con la materia de lengua extranjera del correspondiente programa de diversificación.
- Haber superado la parte correspondiente del curso de formación preparatorio para acceder a CCFF de Grado Medio.
EXENCIÓN DEL ÁMBITO SOCIAL
Estarán exentas de la parte de ámbito social las personas que, en el momento de la inscripción, acrediten encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:
- Haber superado la materia de Ciencias Sociales, Geografía e Historia de cuarto curso de ESO.
- Haber superado el ámbito social del segundo nivel de educación secundaria para personas adultas.
- Haber superado el ámbito lingüístico y social de un programa de diversificación curricular de ESO.
- Haber superado la parte correspondiente del curso de formación preparatorio para acceder a CCFF de Grado Medio.
EXENCIÓN DEL ÁMBITO CIENTÍFICO TECNOLÓGICO
Estarán exentas de la parte de ámbito científico-tecnológico las personas que, en el momento de la inscripción, acrediten encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:
- Haber superado las materias de cuarto curso de ESO de Matemáticas de cualquiera de sus opciones y al menos una de las siguientes: Tecnología, Física y Química, Biología y Geología, Ciencia Aplicadas a la Actividad Profesional o Informática.
- Haber superado el ámbito científico-tecnológico del segundo nivel de educación secundaria para personas adultas.
- Haber superado el ámbito científico-tecnológico de un programa de diversificación curricular de ESO.
- Haber superado la parte correspondiente del curso de formación preparatorio para acceder a CCFF de Grado Medio.
ESTRUCTURA DE LA PRUEBA
La prueba será común para todos los ciclos y constará de 3 partes, una por cada uno de los ámbitos siguientes:
- Ámbito de Comunicación, cuyas materias de referencia serán Lengua Castellana y Literatura y Primera Lengua extranjera (inglés o francés).
- Ámbito Social, cuya materia de referencia será Geografía e Historia.
- Ámbito Científico-Tecnológico, cuya referencia será Matemáticas A, Biología y Geología, Física y Química y Tecnología y Digitalización, del currículo de Educación Secundaria Obligatoria.
CERTIFICADO
Quienes hayan superado la prueba podrán solicitar en las secretarías de los centros un certificado acreditativo.
- Solicitud en modelo normalizado
- Copia del pasaporte o cualquier otro documento legalmente reconocido, que acredite la identidad y la edad de la persona aspirante
- Certificado acreditativo de estar matriculado en un centro educativo docente público, concertado o privado autorizado del Principado de Asturias
- Certificado de estar empadronado o tener fijado el domicilio de trabajo en una localidad del Principado de Asturias, en la fecha de publicación de la convocatoria en el BOPA
- Informe médico que acredite su diagnóstico clínico expedido por un servicio de salud público
- Informe de evaluación psicopedagógica emitido por el Departamento de Orientación del centro educativo donde haya cursado estudios o de un Servicio especializado de orientación
- Copia auténtica del certificado de profesionalidad
- Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social (vida laboral), del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad a la que estuvieran afiliados, donde consten las empresas, la categoría laboral (grupo de cotización) y los periodos de cotización.
- Contrato de trabajo o Certificado de las empresas donde hubieran adquirido la experiencia laboral, en el que conste expresamente la duración de los períodos de prestación del contrato, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad
- Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social (vida laboral), del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad a la que estuvieran afiliados, donde consten los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente
- Declaración responsable (de la persona interesada) que contemple la descripción de la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el que esta se ha realizado
- Certificación de la organización donde se haya prestado la asistencia en la que consten, específicamente: las actividades y funciones realizadas, el periodo en el que se han realizado y el número total de horas dedicadas a las mismas
- Certificación académica oficial
- Certificación académica oficial
- Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o Tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español
- Certificado acreditativo del grado de discapacidad expedido por el organismo competente al efecto
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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