DECO0039T01 - Comunicación de cambio de situación entre ERTES de fuerza mayor por limitación de actividad o impedimento
Comunicar a la Autoridad Laboral el cambio de situación entre ERTES de fuerza mayor por limitación de actividad a impedimento o viceversa.
Al amparo del artículo 2 del Real Decreto-ley 18/2021, de 29 de septiembre, de medidas urgentes para la protección del empleo, la recuperación económica y la mejora del mercado de trabajo, las empresas que tengan constatada una fuerza mayor de limitación o impedimento mediante resolución estimatoria, expresa o por silencio de conformidad con el apartado 1 del citado artículo o que hayan recibido resolución estimatoria de la solicitud de prórroga de un expediente por impedimento o de un expediente por limitaciones a la actividad normalizada según lo dispuesto en el artículo 1, podrán transitar de la situación de impedimento a la de limitación o viceversa, como consecuencia de las modulaciones en las restricciones sanitarias adoptadas por las autoridades competentes, sin que sea precisa la tramitación de un nuevo expediente de regulación temporal de empleo sino que deberán comunicar el cambio de situación producido, esto es, el paso de la situación de impedimento a la de limitación o viceversa, la fecha de efectos, así como los centros y personas trabajadoras afectadas, a la Autoridad Laboral que hubiese aprobado el expediente y a la representación legal de las personas trabajadoras.
Desde: 01/10/2021 00:00
Hasta: 28/02/2022 23:59
Las solicitudes se presentarán en el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
Servicio de Relaciones Laborales
- Formulario en modelo normalizado cumplimentado en todos sus campos
- No tendrá que presentarse ninguna documentación adicional salvo aquellas empresas que cuenten con mayor número de centros de trabajo o de trabajadores adscritos a cada uno de los que permite cumplimentar dicho formulario, en cuyo caso deberán adjuntar una relación de los trabajadores afectados, por centro de trabajo, con los datos solicitados en el mismo
- Documentos aportados en virtud del art.28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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