RRHH0009T01 - Reconocimiento de la categoría personal de los empleados públicos dentro del sistema de carrera horizontal

Finalidad:

Solicitar el reconocimiento de alguna de las categorías personales que incluye la carrera horizontal (excluida la categoría de entrada, que se ostenta de forma automática desde la toma de posesión o la firma del contrato laboral) del personal funcionario y laboral que presta servicios en la Administración del Principado de Asturias, sus organismos públicos y entes públicos (excluido el personal estatutario, el personal docente y el personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia).

Quien lo puede presentar:

Empleados públicos que reúnan los siguientes requisitos:

1. En caso de solicitar la primera categoría personal:

o Acreditar 5 años de permanencia en la categoría de entrada de la carrera horizontal, a computar desde la fecha de su reconocimiento.

o Acreditar al menos 5 años de periodos de evaluación positivos en el bloque de evaluación del desempeño.

o Haber alcanzado, en los procesos de evaluación anuales que integran la permanencia en la categoría de entrada, un mínimo de 125 puntos.

2. En caso de solicitar la segunda categoría personal:

o Acreditar 6 años de permanencia en la primera categoría personal de la carrera horizontal, a computar desde la fecha de su reconocimiento.

o Acreditar, al menos, 6 años de periodos de evaluación positivos en el bloque de evaluación del desempeño.

o Haber alcanzado en los procesos de evaluación anuales que integran la permanencia en la primera categoría personal un mínimo de 174 puntos.

3. En caso de solicitar la tercera categoría personal:

o Acreditar 8 años de permanencia en la segunda categoría personal de la carrera horizontal, a computar desde la fecha de su reconocimiento.

o Acreditar, al menos, 8 años de periodos de evaluación positivos en el bloque de evaluación del desempeño.

o Haber alcanzado en los procesos de evaluación anuales que integran la permanencia en la segunda categoría personal un mínimo de 260 puntos para el Grupo A, Subgrupos A1 y A2 (Grupos A y B del personal laboral), 252 puntos para el Grupo C, Subgrupos C1 y C2 (Grupos C y D del personal laboral), y 244 puntos para la Agrupación Profesional de Servicios Generales y Apoyo Logístico (Grupo E del personal laboral).

4. Los requisitos necesarios para solicitar el acceso a la cuarta categoría personal se recogerán conforme a la procedencia temporal de dicha solicitud.

Plazos de presentación:

Todo el año.

Presentación:

Presentación presencial

  • Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

Presentación telemática

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado 
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, están obligadas a relacionarse  por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias

Órgano gestor:

Servicio de Ordenación y Asesoramiento en materia de Recursos Humanos

Efecto del silencio administrativo:
No procede
Recursos:
  • Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo.
  • Recurso ante la jurisdicción social.
Normativa básica:
Información adicional:

NO LO TIENES QUE SOLICITAR SI:

  • Incumples alguno de los requisitos exigidos.
  • Ya tienes reconocida la categoría personal que vas a solicitar.

IMPORTANTE

  • En relación con la formación, no resultará necesario aportar, junto con la solicitud de reconocimiento de categoría personal, las certificaciones correspondientes a cursos organizados e impartidos por el Instituto Asturiano de Administración Pública Adolfo Posada (IAAP).
  • Los certificados de acciones formativas realizadas en organizaciones sindicales dentro de los "Acuerdos de Formación para el empleo en las Administraciones Públicas", así como aquellas otras correspondientes a cursos de formación no reglada impartidos en instituciones y centros académicos oficiales ajenos al IAAP, realizadas durante el periodo temporal de permanencia en la categoría reconocida desde la que se encuentre progresando, se remitirán para su valoración a dicho instituto con carácter previo o simultáneo a la presentación de la solicitud de acceso a la categoría personal superior.
  • Procederá igualmente la remisión al IAAP, con carácter previo o simultáneo a la presentación de la solicitud de acceso a la categoría personal superior, de la solicitud y documentación que corresponda para la valoración por dicho instituto de las actividades y méritos incluidos en los ámbitos de "Innovación y Transferencia del Conocimiento", conforme a la Resolución de 18 de marzo de 2015, de la Consejería de Hacienda y Sector Público, por la que se aprueban las normas reguladoras del procedimiento de valoración de las actividades y méritos incluidos en los ámbitos de innovación y transferencia del conocimiento a efectos de la carrera horizontal del personal de la Administración del Principado de Asturias (BOPA de 30/03/2015).
  •  

TE RESPONDEMOS MEDIANTE

  • Cualquiera de los medios válidos de notificación previstos en el capítulo II del título III de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

DATOS DE CONTACTO

  • Servicio de Ordenación y Asesoramiento en materia de Recursos Humanos.
  • Consejería de Presidencia, Reto demográfico, Igualdad y Turismo
  • correo electrónico: actividadprofesional@asturias.org
  • Teléfono: 985105347

 

SERVICIOS RELACIONADOS

 

 

Nivel de identificación del solicitante:
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Solicitud en modelo normalizado
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
Documentación relacionada:

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