PSPM0024T01 - Declaración de idoneidad para la adopción nacional

Finalidad:

Solicitar la declaración de idoneidad para la adopción de uno o varios menores, tutelados por la Entidad Pública y residentes en España.

Quien lo puede presentar:

Quienes cumplan los siguientes requisitos:

  • No haber sido declarado no idóneo para la adopción en los dos años anteriores.
  • No haber sido privado de la patria potestad respecto de ningún menor, ni encontrarse incurso en causa de privación según el Código Civil.
  • Tener más de 25 años de edad. En caso de que los solicitantes sean pareja, bastará con que uno de ellos supere dicha edad. En todo caso, la diferencia de edad entre adoptante y adoptando será de, al menos dieciséis años y no podrá ser superior a 45 años, salvo en los casos previstos en el artículo 176.2 del Código Civil.
  • Si los solicitantes son pareja, habrán de acreditar una convivencia previa de 3 años.
Plazos de presentación:

Todo el año

Presentación:

Presentación presencial

Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Presentación telemática

Las solicitudes se podrán presentar:

Órgano gestor:

Sección de Adopción y Acogimiento.

Plazo de resolución:

6 meses

Efecto del silencio administrativo:
Estimatorio
Recursos:

Oposición a resolución administrativa en materia de protección de menores ante los Tribunales civiles (Art.780.1 de Ley enjuiciamiento Civil).

Información adicional:

El trámite de notificación de la Resolución se hará de forma telemática o postal.

Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Solicitud en modelo normalizado
  • Certificación literal de la inscripción del nacimiento del solicitante o solicitantes en el Registro Civil.
  • Tarjeta de beneficiario del Servicio Público de Salud o cualquier otro documento que acredite ser beneficiario de asistencia médica.
  • Informes médicos relativos al estado de salud, física y mental de los solicitantes
  • Documentación acreditativa de la situación laboral actual de los solicitantes (vida laboral, certificado de empresa, certificado del SEPEPA, entre otros)
  • Declaración del IRPF del último ejercicio
En caso de parejas solicitantes:
  • Certificación literal de la inscripción del matrimonio en el Registro Civil o acreditación de la fecha de inicio de la convivencia (certificación del Registro de Uniones de Hecho, certificado histórico de empadronamiento o acta notarial).
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
  • Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español
  • Certificado de empadronamiento
  • Certificado negativo de antecedentes penales por delitos sexuales
  • Declaración del IRPF del último ejercicio.
Si alguno de los solicitantes está exento de presentación de la declaración:
  • Certificación de la AEAT que acredite la exención de presentación de la declaración del IRPF
  • Justificante de los ingresos económicos percibidos el ejercicio anterior
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del art. 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
Documentación relacionada:

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