DECO0038T01 - Declaración de venta directa de leche de vaca, oveja o cabra
Finalidad:
Presentar la declaración anual de las cantidades de leche de vaca, oveja o cabra que han sido destinadas a la venta directa al consumidor o a la elaboración de productos lácteos en la explotación
Quien lo puede presentar:
Personas físicas o jurídicas que desarrollen su actividad en el sector lácteo y que realicen venta directa de parte o de toda su producción de leche y/o productos transformados de vaca, oveja y/o cabra
Plazos de presentación:
En los primeros 20 días del mes de enero de cada año
Presentación:
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Los productores que destinen directamente al consumidor toda o parte de su producción o elaboren productos lácteos de vaca, oveja o cabra en la explotación (venta directa) quedan obligados a presentar en los primeros 20 días del mes de enero del año siguiente, una declaración anual por cada una de las especies, donde se contabilizarán las cantidades de leche que se hayan destinado a la venta directa en la explotación en el año natural inmediatamente anterior.
Los declarantes deberán conservar todos los documentos justificativos de las ventas directas al menos 2 años contados a partir del final del año declarado.
Nivel de identificación del solicitante:
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
Declaración en modelo normalizado
Documentos aportados
Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"