AYUD0251T01 - Ayudas adquisición de libros de texto y material didáctico en centros docentes privados concertados
Conceder ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la adquisición de libros de texto y material didáctico complementario para el alumnado que se encuentre matriculado durante el curso académico 2024/2025 en los centros escolares docentes privados concertados del Principado de Asturias, en los niveles educativos de educación primaria, educación secundaria obligatoria o enseñanza básica obligatoria.
Quienes cumplan los siguientes requisitos:
- Estar matriculados en cualquier curso de educación primaria, educación secundaria obligatoria o enseñanza básica obligatoria en el curso 2024/2025 en centros docentes privados concertados del Principado de Asturias.
- No ser repetidor del curso en el que se matricula.
- Que la unidad familiar del alumno/a no supere para el ejercicio 2022 los siguientes umbrales de renta:
Familias de dos miembros (monoparentales) |
16.000,00 € |
Familias de tres miembros |
24.000,00 € |
Familias de cuatro miembros |
32.000,00 € |
Familias de cinco miembros |
40.000,00 € |
Familias de seis miembros |
48.000,00 € |
Familias de siete miembros |
56.000,00 € |
Familias de ocho miembros |
64.000,00 € |
A partir del octavo miembro, por cada nuevo miembro computable, se añadirán |
4.000,00 € |
- En el caso del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o de alta capacidad intelectual, este umbral será incrementado en 5.000 €.
- También se incrementará el umbral, previa acreditación documental, en el caso de familias numerosas legalmente reconocidas, en la forma descrita a continuación:
- Familias de categoría general 3.000 €
- Familias de categoría especial 5.000 €
Desde: 16/09/2024 00:00
Hasta: 30/09/2024 23:59
Presentación presencial
- Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Presentación telemática
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Servicio de Centros y Enseñanzas Profesionales.
- Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones. BOPA 19 de noviembre de 1992
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. BOE 18 de noviembre de 2003
- Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. BOE 4 de mayo de 2006
- Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. BOE 25 de julio de 2006
- Resolución de 9 de julio de 2018, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la adquisición de libros de texto y material didáctico complementario en centros docentes privados concertados de la Comunidad del Principado de Asturias. BOPA 20 de julio de 2018
- Extracto de la Resolución de 12 de agosto de 2024, de la Consejería de Educación, por la que se convocan ayudas para la adquisición de libros de texto y material didáctico complementario, curso 2024/2025.
MODELO DE SOLICITUD
- El modelo de solicitud será facilitado en el centro educativo con tus datos ya cumplimentados (borrador).
- Presentarlo equivale a autorizar a la Consejería de Educación a obtener los datos necesarios para determinar la renta a efectos de la ayuda a través de las Administraciones tributarias correspondientes.
RENTA FAMILIAR
- Para el cálculo de la renta familiar serán miembros computables de la familia: la madre, el padre, el tutor o tutora o persona encargada, en su caso, de la guarda y protección del/de la menor, la alumna o alumno, las hermanas y hermanos menores de 25 años que convivan en el domicilio familiar a 31 de diciembre de 2022 o los de mayor edad, cuando se trate de personal con discapacidad física, psíquica o sensorial, así como los ascendientes de los padres que justifiquen su residencia en el mismo domicilio que los anteriores.
- En el caso de divorcio o separación legal no se considerará miembro computable aquel de ellos que no conviva con el/la solicitante de la beca, sin perjuicio de que en la renta familiar se incluya su contribución económica. Sí tendrá consideración de miembro computable, en su caso, el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación cuya renta se incluirá dentro del cómputo familiar.
- En el caso de que el/la solicitante de la ayuda sea un/a menor en acogimiento, será de aplicación a la familia de acogida lo dispuesto en los párrafos anteriores.
INCOMPATIBILIDADES
- Estas ayudas son incompatibles con cualesquiera otras de la misma finalidad que pudieran recibirse de otras entidades o personas públicas o privadas.
MÁS INFORMACIÓN
- Para más información pueden dirigirse por teléfono a la Sección de Servicios Complementarios de la Consejería de Educación:
- Teléfono: 985 10 86 33
- Fax: 985 10 86 20
SERVICIOS RELACIONADOS
- Modelo de solicitud. Será facilitado en el centro educativo con tus datos ya cumplimentados (borrador)
- Dictamen de escolarización
- Informe psicopedagógico emitido por los servicios de orientación de la Consejería de Educación
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
-
Tramitación Registro ElectrónicoTramitación telemática
Comprueba los requisitos técnicos para realizar la solicitud
Verifica aquí que tu equipo tiene la configuración técnica necesaria para la firma en la solicitud de este servicio.
Área Personal
Si no estás registrado hazlo, todo son ventajas. Podrás consultar tus expedientes y realizar tus trámites desde la web.
Contacta
-
Llámanos al 985 27 91 00 o al 012
(985 27 91 00 desde fuera de Asturias)
Acceso a la información sobre el coste de la llamada -
Escríbenos al buzón ciudadano
-
Ven a vernos a nuestras oficinas
-
Solicita cita previa