AYUD0251T01 - Ayudas adquisición de libros de texto y material didáctico en centros docentes privados concertados

Finalidad:

Conceder ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la adquisición de libros de texto y material didáctico complementario para el alumnado que se encuentre matriculado durante el curso académico 2023/2024 en los centros escolares docentes privados concertados del Principado de Asturias, en los niveles educativos de educación primaria, educación secundaria obligatoria o enseñanza básica obligatoria.

Quien lo puede presentar:

Quienes cumplan los siguientes requisitos: 

  1. Estar matriculados en cualquier curso de educación primaria, educación secundaria obligatoria o enseñanza básica obligatoria en el curso 2023/2024 en centros docentes privados concertados del Principado de Asturias.
  2. No ser repetidor del curso en el que se matricula.
  3. Que la unidad familiar del alumno/a no supere para el ejercicio 2021 los siguientes umbrales de renta:

Familias de dos miembros (monoparentales)

16.000,00 €

Familias de tres miembros

24.000,00 €

Familias de cuatro miembros

32.000,00 €

Familias de cinco miembros

40.000,00 €

Familias de seis miembros

48.000,00 €

Familias de siete miembros

56.000,00 €

Familias de ocho miembros

40.000,00 €

A partir del octavo miembro, por cada nuevo miembro computable, se añadirán

4.000,00 €

  1. En el caso del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o de alta capacidad intelectual, este umbral será incrementado en 5.000 €.
  2. También se incrementará el umbral, previa acreditación documental, en el caso de familias numerosas legalmente reconocidas, en la forma descrita a continuación:
    • Familias de categoría general 3.000 €
    • Familias de categoría especial 5.000 €
Plazos de presentación:

Desde: 14/09/2023 00:00

Hasta: 27/09/2023 23:59

Presentación:

Presentación presencial

  • Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

Presentación telemática

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado 
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano gestor:

Servicio de Centros y Enseñanzas Profesionales.

Efecto del silencio administrativo:
No procede
Información adicional:

MODELO DE SOLICITUD

  • El modelo de solicitud será facilitado en el centro educativo con tus datos ya cumplimentados (borrador).
  • Presentarlo equivale a autorizar a la Consejería de Educación a obtener los datos necesarios para determinar la renta a efectos de la ayuda a través de las Administraciones tributarias correspondientes.

 RENTA FAMILIAR

  • Para el cálculo de la renta familiar serán miembros computables de la familia: la madre, el padre, el tutor o tutora o persona encargada, en su caso, de la guarda y protección del/de la menor, la alumna o alumno, las hermanas y hermanos menores de 25 años que convivan en el domicilio familiar a 31 de diciembre de 2021 o los de mayor edad, cuando se trate de personal con discapacidad física, psíquica o sensorial, así como los ascendientes de los padres que justifiquen su residencia en el mismo domicilio que los anteriores.
  • En el caso de divorcio o separación legal no se considerará miembro computable aquel de ellos que no conviva con el/la solicitante de la beca, sin perjuicio de que en la renta familiar se incluya su contribución económica. Sí tendrá consideración de miembro computable, en su caso, el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación cuya renta se incluirá dentro del cómputo familiar.
  • En el caso de que el/la solicitante de la ayuda sea un/a menor en acogimiento, será de aplicación a la familia de acogida lo dispuesto en los párrafos anteriores.

INCOMPATIBILIDADES

  • Estas ayudas son incompatibles con cualesquiera otras de la misma finalidad que pudieran recibirse de otras entidades o personas públicas o privadas.

MÁS INFORMACIÓN

  • Para más información pueden dirigirse por teléfono a la Sección de Servicios Complementarios de la Consejería de Educación:
    • Teléfono: 985 10 86 33
    • Fax: 985 10 86 20

SERVICIOS RELACIONADOS

Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Modelo de solicitud. Será facilitado en el centro educativo con tus datos ya cumplimentados (borrador)
En caso de alumnado con necesidades educativas especiales
  • Dictamen de escolarización
  • Informe psicopedagógico emitido por los servicios de orientación de la Consejería de Educación
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
Documentación relacionada:

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