DECO0034T01 - Propuesta de declaración de lugar de memoria democrática de Asturias
Finalidad:
Proponer para su declaración como lugar de memoria a un espacio, inmueble o paraje en el que se hayan desarrollado hechos relevantes por su significación histórica, simbólica o por su repercusión en la memoria colectiva, vinculados con la lucha del pueblo asturiano por sus derechos y libertades democráticas, y también con la represión y violencia sobre la población a lo largo de la guerra civil o de la dictadura franquista, así como con la resistencia popular y sostenimiento de los valores democráticos, de acuerdo a lo previsto en los artículos 30 y 31 de la Ley PA 1/2019, de 1 de marzo, para la recuperación de la memoria democrática en el Principado de Asturias.
Quien lo puede presentar:
- Entidades memorialistas de Asturias o de ámbito estatal - Entidades locales, previo acuerdo de pleno municipal
Plazos de presentación:
Todo el año
Presentación:
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Órgano gestor:
Instituto de la Memoria Democrática del Principado de Asturias
Plazo de resolución:
12 meses a partir de fecha de resolución de inicio
Deberá incluirse en el formulario la siguiente información: - Identificación del bien a declarar, con especificación de las partes del bien que serán objeto de inscripción en el Catálogo de lugares de memoria democrática de Asturias.
- Localización del bien (con coordenadas geográficas).
- Descripción de los hechos acaecidos que motiven la declaración de lugar de memoria.
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
Solicitud normalizada del procedimiento
Documento gráfico o audiovisual del bien que se propone declarar como lugar de la memoria
Para las entidades locales:
Copia del acta del pleno en el que se acuerda proponer el bien como lugar de memoria democrática de Asturias
Documentos aportados
Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"