DECO0034T01 - Propuesta de declaración de lugar de memoria democrática de Asturias

Finalidad:

Proponer para su declaración como lugar de memoria a un espacio, inmueble o paraje en el que se hayan desarrollado hechos relevantes por su significación histórica, simbólica o por su repercusión en la memoria colectiva, vinculados con la lucha del pueblo asturiano por sus derechos y libertades democráticas, y también con la represión y violencia sobre la población a lo largo de la guerra civil o de la dictadura franquista, así como con la resistencia popular y sostenimiento de los valores democráticos, de acuerdo a lo previsto en los artículos 30 y 31 de la Ley PA 1/2019, de 1 de marzo, para la recuperación de la memoria democrática en el Principado de Asturias.

Quien lo puede presentar:

- Entidades memorialistas de Asturias o de ámbito estatal
- Entidades locales, previo acuerdo de pleno municipal

Plazos de presentación:

Todo el año

Presentación:

Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

Órgano gestor:

Instituto de la Memoria Democrática del Principado de Asturias

Plazo de resolución:

12 meses a partir de fecha de resolución de inicio

Efecto del silencio administrativo:
No procede
Recursos:

Potestativo de reposición

Información adicional:

Deberá incluirse en el formulario la siguiente información:
- Identificación del bien a declarar, con especificación de las partes del bien que serán objeto de inscripción en el Catálogo de lugares de memoria democrática de Asturias.

- Localización del bien (con coordenadas geográficas).

- Descripción de los hechos acaecidos que motiven la declaración de lugar de memoria.

Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Solicitud normalizada del procedimiento
  • Documento gráfico o audiovisual del bien que se propone declarar como lugar de la memoria
Para las entidades locales:
  • Copia del acta del pleno en el que se acuerda proponer el bien como lugar de memoria democrática de Asturias
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
Documentación relacionada:

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