AUTO0280T01 - Expedición de licencia de caza
Obtener la licencia de caza, autonómica para el Principado de Asturias o interautonómica para las comunidades autónomas de Asturias, Castilla León, Extremadura, Madrid, Comunidad Valenciana, Aragón y Galicia.
Quienes cumplan los siguientes requisitos:
Para la licencia autonómica:
- Estar en posesión del DNI o NIE.
- No estar inhabilitado para obtener dicha licencia.
- No haber sido sancionado con la retirada de la licencia o la imposibilidad de obtenerla.
- Ser mayor de 14 años (los menores de edad no emancipados deberán estar autorizados por la persona que legalmente les represente).
- Haber superado el examen correspondiente sobre aptitud y conocimiento preciso de las materias relacionadas con la caza o estar habilitado.
Para la licencia interautonómica:
- Estar en posesión del DNI o NIE.
- No estar inhabilitado para obtener dicha licencia.
- No haber sido sancionado con la retirada de la licencia o la imposibilidad de obtenerla, en ninguna de las comunidades autónomas signatarias del convenio.
- Ser mayor de 14 años (los menores de edad no emancipados deberán estar autorizados por la persona que legalmente les represente).
- Contar con licencia de caza en vigor en alguna de las comunidades autónomas adheridas al convenio de colaboración o haber superado el examen o prueba de aptitud para ejercer la caza en cualquiera de las comunidades signatarias o estar habilitado.
Todo el año
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Servicio de Vida Silvestre
Potestativo de reposición
Existe tasa asociada
VIGENCIA
La validez de las licencias será de 1 o 5 años en el caso de la autonómica y de 1 año en el caso de la interautonómica que sirve para todas las modalidades de caza.
EXAMEN
El examen será de carácter técnico-práctico y constará de las siguientes partes:
- Aspectos legales de la caza.
- Conocimiento de las especies.
- Métodos de caza.
- Artes de caza y su manejo.
TRÁMITE TELEMÁTICO
El pago se realizará una sola vez mediante tarjeta de crédito.
INFRACCIONES
Los infractores de la legislación en materia de caza deberán haber acreditado documentalmente el cumplimiento de la sanción impuesta y, en su caso, la reparación del daño causado o el abono de la indemnización correspondiente.
- Solicitud en modelo normalizado
- Certificado acreditativo (original) de haber superado el correspondiente examen sobre aptitud y conocimiento preciso de las materias relacionadas con la caza, en el caso de haberlo obtenido en otra Comunidad Autónoma
- Licencia de caza en vigor de alguna de las comunidades autónomas firmantes o adheridas al convenio o haber superado el examen o prueba de aptitud en cualquiera de las comunidades signatarias (interautonómica)
- Original del ingreso de la tasa
- Para la licencia interautonómica es necesario presentar además, una Declaración responsable
- Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
-
Tramitación Registro ElectrónicoTramitación telemática
Comprueba los requisitos técnicos para realizar la solicitud
Verifica aquí que tu equipo tiene la configuración técnica necesaria para la firma en la solicitud de este servicio.
Área Personal
Si no estás registrado hazlo, todo son ventajas. Podrás consultar tus expedientes y realizar tus trámites desde la web.
Contacta
-
Llámanos al 985 27 91 00 o al 012
(985 27 91 00 desde fuera de Asturias)
Acceso a la información sobre el coste de la llamada -
Escríbenos al buzón ciudadano
-
Ven a vernos a nuestras oficinas
-
Solicita cita previa