PREM0016T01 - Concesión del Premio Emilio Alarcos de Poesía

Finalidad:

Concurrir al Premio Emilio Alarcos de Poesía, para obras originales y totalmente inéditas, no premiadas en otros concursos, escritas en castellano y con una extensión mínima de quinientos versos

Quien lo puede presentar:

Autores de cualquier nacionalidad que no hayan resultado premiados en ediciones anteriores

Plazos de presentación:

Desde: 26/03/2024 00:00

Hasta: 30/06/2024 23:59

Ampliación del plazo de presentación de solicitudes para la concesión del Premio hasta el día 30 de junio de 2024.

Presentación:

Presentación presencial

  • Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

Si la solicitud se remite por correo postal, la dirección de envío será:

Dirección General de Acción Cultural y Normalización Llingüística del Principado de Asturias, sita en la C/ Eduardo Herrera "Herrerita", s/n, 2ª Planta, Sector Izquierdo, 33006, de Oviedo.

Órgano gestor:

Servicio de Acción Cultural.

Plazo de resolución:

6 meses

Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Recursos:

Potestativo de reposición y Extraordinario de revisión

Información adicional:

Las candidaturas se dirigirán a la persona titular de la Consejería competente en materia cultural, bien presencialmente, bien mediante correo postal.

Se presentarán, dentro de un mismo sobre donde se escribirá "PREMIO EMILIO ALARCOS DE POESÍA 2024", el título de la obra candidata y el seudónimo del autor/a, dos sobres cerrados. Cada uno de los sobres contendrá:

  • SOBRE A: Datos del autor/a (dirección, teléfono de contacto, email y un breve currículum).
  • SOBRE B: El poemario candidato que deberá ser presentado por cuadruplicado en papel y en un soporte digital con el texto de la obra en formato PDF.

En caso de que la candidatura se remita por correo, el sobre B habrá de ser presentado en sobre abierto para que uno de los ejemplares del poemario sea fechado y sellado por personal de correos antes de que se proceda a su certificación.

Las obras no estarán firmadas, ni presentarán nota o inscripción que pueda contribuir a identificar al autor/a.

El órgano instructor extenderá documento acreditativo de la recepción del texto, que habrá de presentarse necesariamente para retirar las obras no premiadas, antes de un mes a partir de la fecha de concesión del Premio.

Transcurrido el plazo citado sin que se hayan retirado, la Consejería competente en materia de cultura podrá proceder a la destrucción de las obras, junto con sus plicas.

En garantía del anonimato de los participantes, se procederá a la destrucción de las plicas correspondientes a los trabajos no premiados sin que, en ningún caso, puedan ser abiertas.

Importe del premio 6.200 €

FICHA DE ACREEDORES

La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores

Nivel de identificación del solicitante:
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
    Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas aportar:
    • Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español
    • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
    • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado
    • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
    Documentos aportados
    • Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
    Documentación relacionada:

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