PREM0016T01 - Concesión del Premio Emilio Alarcos de Poesía
Concurrir al Premio Emilio Alarcos de Poesía, para obras originales y totalmente inéditas, no premiadas en otros concursos, escritas en castellano y con una extensión mínima de quinientos versos
Autores de cualquier nacionalidad que no hayan resultado premiados en ediciones anteriores
Desde: 26/03/2024 00:00
Hasta: 30/06/2024 23:59
Ampliación del plazo de presentación de solicitudes para la concesión del Premio hasta el día 30 de junio de 2024.
Presentación presencial
- Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Si la solicitud se remite por correo postal, la dirección de envío será:
Dirección General de Acción Cultural y Normalización Llingüística del Principado de Asturias, sita en la C/ Eduardo Herrera "Herrerita", s/n, 2ª Planta, Sector Izquierdo, 33006, de Oviedo.
Servicio de Acción Cultural.
6 meses
Potestativo de reposición y Extraordinario de revisión
- Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones. BOPA 19 de noviembre de 1992
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. BOE 18 de noviembre de 2003
- Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. BOE 25 de julio de 2006
- Resolución de 23 de enero de 2015, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión del Premio "Emilio Alarcos" de Poesía. BOPA 4 de febrero de 2015
- Extracto de la Resolución de 15 de marzo de 2024, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte, por la que se convoca el premio de poesía Emilio Alarcos en su vigésima tercera edición.
- Resolución de 15 de mayo de 2024, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte, por la que se amplía el plazo de presentación de candidaturas al Premio de poesía "Emilio Alarcos", en su XXIII edición.
Las candidaturas se dirigirán a la persona titular de la Consejería competente en materia cultural, bien presencialmente, bien mediante correo postal.
Se presentarán, dentro de un mismo sobre donde se escribirá "PREMIO EMILIO ALARCOS DE POESÍA 2024", el título de la obra candidata y el seudónimo del autor/a, dos sobres cerrados. Cada uno de los sobres contendrá:
- SOBRE A: Datos del autor/a (dirección, teléfono de contacto, email y un breve currículum).
- SOBRE B: El poemario candidato que deberá ser presentado por cuadruplicado en papel y en un soporte digital con el texto de la obra en formato PDF.
En caso de que la candidatura se remita por correo, el sobre B habrá de ser presentado en sobre abierto para que uno de los ejemplares del poemario sea fechado y sellado por personal de correos antes de que se proceda a su certificación.
Las obras no estarán firmadas, ni presentarán nota o inscripción que pueda contribuir a identificar al autor/a.
El órgano instructor extenderá documento acreditativo de la recepción del texto, que habrá de presentarse necesariamente para retirar las obras no premiadas, antes de un mes a partir de la fecha de concesión del Premio.
Transcurrido el plazo citado sin que se hayan retirado, la Consejería competente en materia de cultura podrá proceder a la destrucción de las obras, junto con sus plicas.
En garantía del anonimato de los participantes, se procederá a la destrucción de las plicas correspondientes a los trabajos no premiados sin que, en ningún caso, puedan ser abiertas.
Importe del premio 6.200 €
FICHA DE ACREEDORES
La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores
- Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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