AUTO0264T02 - Admisión de alumnado en ciclos formativos de grado superior de Formación Profesional en régimen presencial
Solicitar la admisión en centros docentes no universitarios, públicos y privados concertados, del Principado de Asturias, para cursar ciclos formativos de grado superior en régimen presencial.
Estar en posesión de alguno de los siguientes requisitos académicos:
- Título de Bachiller obtenido al amparo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo y de la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación.
- Haber superado el segundo curso de cualquier modalidad de Bachillerato Experimental.
- Haber superado el curso de orientación universitaria o preuniversitario.
- Haber superado un curso de formación específico para el acceso a ciclos formativos de grado superior en centros públicos o privados autorizados por la Administración educativa.
- Poseer un título de Técnico/a de Formación Profesional.
- Estar en posesión del título de Técnico/a Especialista, Técnico/a Superior o equivalente a efectos académicos.
- Estar en posesión de una titulación universitaria o equivalente.
- Haber superado otros estudios o cursos de formación de los declarados equivalentes a efectos académicos con alguno de los anteriores.
En caso de aspirantes que carezcan de los requisitos anteriores:
- Superar la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior o la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años.
Desde: 20/06/2022 00:00
Hasta: 06/07/2022 23:59
En los casos en que existan vacantes, se abrirá un plazo extraordinario de admisión del 06 al 09 de septiembre del 2022
- Centros educativos.
- Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquier de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Servicio de Formación Profesional y Enseñanzas Profesionales
Alzada
- Resolución de 10 de mayo de 2022, de la Consejería de Educación, por la que se regula el procedimiento de admisión del alumnado, en centros docentes no universitarios públicos y privados concertados del Principado de Asturias, para cursar ciclos formativos de formación profesional de grado básico, de grado medio y de grado superior en modalidad presencial, ciclos formativos de grado medio y de grado superior en modalidad a distancia y cursos de especialización.
- Resolución de 18 de mayo de 2022, de la Consejería de Educación, por la que se aprueba el calendario de actuaciones y se concretan otros aspectos del procedimiento de admisión del alumnado en centros docentes no universitarios públicos y privados concertados del Principado de Asturias, para cursar ciclos formativos de básico, grado medio y de grado superior en régimen presencial en el año académico 2022-2023.
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PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Cada solicitante presentará una única instancia en el centro de su primera opción, en la que podrá relacionar hasta 4 opciones por orden de preferencia.
En caso de presentar instancia en más de un centro educativo, solo se tendrá en cuenta la primera registrada en la aplicación informática.
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VIAS DE ACCESO Y RESERVAS DE PLAZA
- Alumnado con discapacidad: 5%.
- Alumnado que acredite la condición de deportista de alto nivel o de alto rendimiento: 5%
- Via 1: alumnado que tenga el título de Bachiller obtenido al amparo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo y de la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación : 60%
- VIA 2: alumnado que tenga el título de Técnico/a en formación profesional, Técnico/a superior, Técnico especialista, diplomados/as, licenciados/as o graduado/as universitarios/as: 20%
- VIA 3: alumnado que acredite haber superado prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior por la opción adecuada, curso de acceso a ciclos formativos de grado superior o la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años: 10%
En caso de no cubrirse la reserva en alguna de las opciones, las vacantes se adjudicarán de forma proporcional al resto de las reservas y vías.
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PRESENTACIÓN DE DOBLE SOLICITUD
Los solicitantes con discapacidad o deportistas podrán presentar en la misma instancia doble solicitud (reserva y vía de acceso que le corresponda).
- Solicitud en modelo normalizado
- Documentación que acredite los requisitos de acceso
- Resolución del Ministerio competente en materia de educación declarando la homologación (en su caso)
- Volante justificativo de haber solicitado la homologación (en su caso)
- Certificado de discapacidad (en su caso)
- Tarjeta acreditativa de la discapacidad (en su caso)
- Copia de la resolución que reconozca su condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento expedida por el órgano competente
- Aquellos documentos que el solicitante desee aportar a los efectos de aplicación de los criterios de prelación
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