RRHH0010T01 - Exención a las entidades locales del mantenimiento de puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional
Finalidad:
Obtener la exención por parte de las entidades locales del Principado de Asturias de la obligación de mantener puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, en el supuesto de que no fuese posible efectuar una agrupación con otras entidades locales o cuando su volumen de servicios o recursos sea insuficiente para el mantenimiento de dichos puestos
Quien lo puede presentar:
Para la exención de puestos reservados a habilitados nacionales:
Mancomunidades de municipios con volumen de servicios o recursos insuficientes para el mantenimiento de los puestos citados.
Para la exención de Secretaría:
Entidades locales con población inferior a 500 habitantes y presupuesto inferior a 200.000 euros, cuando no sea posible mantener el puesto de Secretario en común mediante agrupación.
Plazos de presentación:
Todo el año
Presentación:
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Órgano gestor:
Servicio de Relaciones con las Entidades Locales
Plazo de resolución:
3 meses
Efecto del silencio administrativo:
Estimatorio
Recursos:
Potestativo de reposición o Contencioso-administrativo
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
Solicitud en modelo normalizado
En caso de exención de Secretaría:
Certificación que acredite que la entidad cuenta con una población inferior a 500 habitantes y presupuesto inferior a 200.000 euros y que no ha sido posible tramitar la agrupación
En caso de exención de puestos reservados a habilitados nacionales:
Certificación del acuerdo adoptado por el órgano competente de la entidad
Documentación que acredite que la entidad no dispone de un volumen de servicios o recursos suficientes para el mantenimiento del puesto de que se trata
Documentos aportados
Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"