AYUD0202T01 - Subvención para la realización de actividades de recuperación, difusión y conocimiento de la Memoria Histórica del Principado de Asturias

Finalidad:

Conceder ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades sin ánimo de lucro para sufragar proyectos dirigidas a la recuperación, difusión y conocimiento de la Memoria Histórica (1936/1977) y que favorezcan la convivencia, en el ámbito de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.

Quien lo puede presentar:
  • Las asociaciones, fundaciones y demás entidades privadas sin ánimo de lucro.
  • La entidades beneficiarias, además de los requisitos que, con carácter general, se prevén en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), deberán:
    • Ostentar personalidad jurídica.
    • Estar registradas como entidades sin ánimo de lucro en el registro de asociaciones o fundaciones del Principado de Asturias o bien en el registro estatal correspondiente, debiendo en este último caso, acreditar la trayectoria en materia de memoria democrática dentro del ámbito geográfico del Principado de Asturias como mínimo durante los últimos cinco años.
    • Tener entre sus fines la realización de actividades para la recuperación de la memoria democrática, dentro del ámbito geográfico del Principado de Asturias.
    • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no estar incursos en la prohibición para obtener las condiciones de beneficiarios (apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Plazos de presentación:

Desde: 17/01/2022 00:00

Hasta: 11/02/2022 00:00

Presentación:

Presentación telemática 

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do  
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano gestor:

Instituto de Memoria Democrática del Principado de Asturias

 

Plazo de resolución:

6 meses

Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Recursos:

Potestativo de reposición

Información adicional:
Nivel de identificación del solicitante:
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Solicitud en modelo normalizado
  • Documento acreditativo del representante legal de la entidad para actuar en nombre y representación de la misma
  • Copia de los estatutos, o escritura fundacional, si el peticionario es una fundación
  • Programa detallado del plan del proyecto o iniciativa
  • Presupuesto equilibrado y firmado
  • Ficha de acreedores (solo será necesaria cuando los datos bancarios del solicitante no obren en poder de esta Administración o haya modificaciones en los mismos)
  • Plan para adoptar las medidas de difusión y divulgación
  • Declaración responsable en la que se haga constar que la misma tiene los derechos que corresponden para poder realizar la actividad, así como la utilización de los elementos que formen parte de la misma (música, textos...)
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
  • Copia de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad solicitante
  • Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español de su presidente/a o, en su caso, representante
  • Documento acreditativo de estar inscrita en el registro de asociaciones o en el registro de fundaciones docentes y culturales de interés general del Principado de Asturias
  • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
  • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado
  • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
En caso de representación por poder notarial:
  • Copia simple de poderes notariales
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

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