AUTO0253T01 - Declaración responsable para el ejercicio profesional de proveedores de servicios energéticos

Finalidad:

Obtener la habilitación para el ejercicio de la actividad profesional de proveedores de servicios energéticos, desde el momento de su presentación, en todo el territorio español por tiempo indefinido, sin perjuicio de las posteriores comprobaciones que pueda realizar la administración competente.

Quien lo puede presentar:

Quienes cumplan los siguientes requisitos:

Tendrán la obligación de presentar una declaración responsable, previamente al inicio de la actividad profesional, ante el órgano competente en materia de eficiencia energética de la comunidad autónoma. Para ello deberán cumplir los siguientes requisitos y disponer de la documentación que así lo acredite:

    1. En el caso de personas físicas:

Estar en posesión de una titulación universitaria oficial u otras licenciaturas, Grados o Másters universitarios en los que se impartan conocimientos en materia de energía.

Tener conocimientos teóricos y prácticos sobre energía, entendiendo que poseen dichos conocimientos las personas que acrediten alguna de la siguientes situaciones:

      • Disponer de una titulación de formación profesional o un certificado de profesionalidad incluIdo en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales cuyo ámbito competencial incluya materias relativas a las auditorías energéticas.
      • Tener reconocida una competencia profesional adquirida por experiencia laboral, de acuerdo con lo estipulado en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral en materia de auditorías energéticas.

b. En el caso de personas jurídicas:

Se entenderá acreditada la cualificación cuando al menos uno de los titulares de la empresa cumpla con alguna de las condiciones anteriormente descritas o la empresa cuente entre el personal laboral contratado con, al menos, una persona que cumpla con alguna de ellas, que será quien se responsabilice con su firma, de todos los documentos de carácter técnico que debe emitir la empresa.

Plazos de presentación:

Todo el año.

Presentación:

Presentación presencial

  • Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

Presentación telemática

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado 
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano gestor:

Servicio de Energías Renovables y Eficiencia Energética

Efecto del silencio administrativo:
No procede
Recursos:

Potestativo de reposición.

Información adicional:

La presentación de la declaración responsable presentada, según modelo,  habilita para el ejercicio de la actividad desde el momento de su presentación, en todo el territorio español por tiempo indefinido.

El titular deberá tener disponible en todo momento la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos para su presentación cuando la administración competente así lo requiera.

Las modificaciones que se produzcan en relación con los datos previamente declarados, así como en el cese de la actividad, deberán ser comunicados por el titular de la declaración responsable al órgano competente en materia de eficiencia energética.

Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Declaración responsable para el ejercicio de la actividad profesional de proveedores de servicios energéticos
  • Solicitud en modelo normalizado
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
Documentación relacionada:

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