AYUD0197T01 - Subvención a entidades locales para las escuelas de música y/o danza y escuelas de música tradicional asturiana
Obtener ayudas para potenciar las escuelas municipales de música y danza, la enseñanza de música tradicional asturiana y colaborar con las entidades locales en su mantenimiento.
Quienes cumplan los siguientes requisitos:
- Ser ayuntamiento o mancomunidad de municipios del Principado de Asturias.
- Ser titular de escuela de música o danza o de escuela de música tradicional asturiana.
- Las escuelas municipales han de cumplir los siguientes requisitos:
- Contar, al menos, con 2 profesores o profesoras.
- Oferta obligada, como asignatura, de "Lenguaje musical".
- Contar, al menos, con 2 modalidades instrumentales en su plan de estudios de las que aparecen relacionadas en el documento de baremación de los criterios de valoración.
- Tener organizada como parte de la oferta de la escuela, al menos, una actividad de grupo de las relacionadas en el documento de baremación de los criterios de valoración.
Desde: 01/09/2022 00:00
Hasta: 30/09/2022 23:59
Presentación telemática
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Servicio de Formación Profesional y Enseñanzas Profesionales
6 meses.
Potestativo de reposición.
CONCEPTOS SUBVENCIONABLES
Los gastos subvencionables han de estar incluidos en alguno de los siguientes apartados:
- Gastos derivados de remuneraciones a profesorado y/o monitores (hombres y mujeres).
- Gastos de equipamientos instrumentales (instrumentos musicales, sus accesorios o adaptaciones).
- Gastos derivados de la realización de las actividades escolares y complementarias del centro o intercentros.
- Gastos derivados de la organización de conciertos o festivales musicales y convocatorias de concursos de composición interpretativa, danza, etc.
El importe máximo de la subvención que puede recibir un ayuntamiento o mancomunidad para el actual ejercicio será de 12.000 €.
CUANTÍA
La aportación máxima a cada actuación no podrá superar los siguientes porcentajes:
- Hasta un 90% del presupuesto de las entidades locales o supramunicipales con una población inferior a 5.000 habitantes.
- Hasta un 80% del presupuesto de las entidades locales o supramunicipales con una población entre 5.000 y 20.000 habitantes.
- Hasta un 70% del presupuesto de las entidades locales o supramunicipales con una población entre 20.001 y 50.000 habitantes.
- Hasta un 50% del presupuesto de las entidades locales o supramunicipales con una población superior a 50.000 habitantes.
La población de derecho a considerar en cada entidad local o supramunicipal será la correspondiente a las últimas cifras de población oficiales aprobadas por real decreto y publicadas por el Instituto Nacional de Estadística, vigentes en la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria.
CRITERIOS DE VALORACIÓN
- Especialidades ofertadas en el plan de estudios: 1 punto por cada especialidad de las incluidas en el documento de baremación de los criterios de valoración. Puntuación máxima: 20 puntos.
- Número de profesores y profesoras: 2 puntos por cada profesor o profesora con jornada completa; 1 punto por cada profesor o profesora con media jornada (se considerará jornada completa aquella con 20 horas o más semanales). Puntuación máxima: 20 puntos.
- Número de alumnos matriculados:
- Hasta 50 alumnos: 10 puntos
- De 51 a 150 alumnos: 20 puntos
- De 151 a 250 alumnos: 30 puntos
- Más de 250 alumnos: 40 puntos
- Actividades formativas y artísticas promovidas y desarrolladas por la propia escuela en el curso académico que finaliza en el mes de septiembre del año en que se convoca esta subvención (puntuación máxima: 5 puntos). En este apartado se excluyen cursos y actividades lectivas impartidas por el centro, así como audiciones del alumnado. Distribución de la puntuación:
- 0,5 puntos por cada una de las actividades, tipo de concierto o actuación.
- 1,5 puntos por ciclos de conciertos, semanas culturales y similares.
- Agrupaciones artísticas de la escuela de carácter permanente: 1 punto por cada una de las incluidas en el documento de baremación de los criterios de valoración. Puntuación máxima: 5 puntos.
- Ser escuela de nueva creación: 10 puntos.
JUSTIFICACIÓN
La justificación de la realización del gasto subvencionado se adjuntará a la solicitud de convocatoria, aportando la siguiente documentación relativa al curso académico anterior a la publicación de la convocatoria:
- Certificación del secretario de la entidad, de los requisitos establecidos en la base 3.1 de las bases reguladoras (documento de certificación de acreditación de cumplimiento de obligaciones).
- Certificación de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y no ser deudor de la Administración del Principado de Asturias por deudas vencidas, liquidadas y exigibles (sustituible por certificación del registro administrativo de entidades locales).
- Declaración de no estar incursa en las prohibiciones previstas para obtener la condición de beneficiaria a que se refiere el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones (incluida en el formulario de solicitud).
- Certificación del secretario de la entidad, acreditativa de la cuenta de gestión de la escuela (en la que se hace constar de manera resumida el gasto total del centro, desglosado en categorías generales, como pueden ser, a título orientativo: personal, mantenimiento, suministros, actividades, reparaciones y conservación de edificio, etc.).
- Copia de las nóminas y cotización de profesorado abonados.
- Certificación acreditativa del resumen de gastos imputables a los siguientes conceptos:
- Instrumentos musicales, sus accesorios o adaptaciones.
- Actividades escolares y complementarias del centro o intercentros.
- Organización de conciertos o festivales musicales, convocatorias de concursos de composición, interpretación, danza, etc.
- Solicitud en modelo normalizado
- Certificado del secretario de la entidad, en modelo normalizado, del cumplimiento de los requisitos contemplados en el punto primero de la base tercera (Línea 4) de la Resolución de 24 de julio de 2017
- Justificación de los requisitos contemplados en el punto segundo de la base tercera (Línea 4) de la Resolución de 24 de julio de 2017
- Certificación del secretario de la entidad acreditativa de las cuentas justificativas de gestión económica de la escuela, certificadas por la administración solicitante, referidas al curso académico que finaliza en el año en que se realiza la convocatoria
- Copia de las nóminas y cotización que han sido abonados
- Certificación acreditativa del resumen de los gastos directamente imputables a las actividades, equipamientos e infraestructuras, incluidos los diferentes apartados relacionados en la base segunda (Línea 4) de la Resolución de 24 de julio de 2017
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
- Certificado de no ser deudor de la Hacienda del Principado de Asturias por deudas vencidas, liquidadas y exigibles.
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
-
Tramitación Registro ElectrónicoSeleccione como desea identificarse:
Comprueba los requisitos técnicos para realizar la solicitud
Verifica aquí que tu equipo tiene la configuración técnica necesaria para la firma en la solicitud de este servicio.
Área Personal
Si no estás registrado hazlo, todo son ventajas. Podrás consultar tus expedientes y realizar tus trámites desde la web.
Contacta
- Llámanos al 985 27 91 00 o al 012
(985 27 91 00 desde fuera de Asturias)
Acceso a la información sobre el coste de la llamada - Escríbenos al buzón ciudadano
- Ven a vernos a nuestras oficinas
- Solicita cita previa