AYUD0190T01 - Subvención a las Federaciones Deportivas para la financiación de sus programas
Obtener, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas económicas destinadas a las Federaciones Deportivas del Principado de Asturias para que desarrollen sus programas durante el año.
Federaciones Deportivas del Principado de Asturias.
Desde: 31/05/2024 00:00
Hasta: 27/06/2024 23:59
20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA 30/05/2024).
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias.
Servicio de Planificación y Promoción del Deporte.
3 meses
Potestativo de reposición
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. BOE 18 de noviembre de 2003
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. BOE 25 de julio de 2006
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. BOE 2 de octubre de 2015
- Resolución de 26 de mayo de 2017, BOPA núm. 124 de 31-V-2017, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones con destino a las Federaciones Deportivas del Principado de Asturias para la financiación de sus programas. BOPA 31 de mayo de 2017
- Ley 5/2022, de 29 de junio, de Actividad Física y Deporte
- Extracto de la Resolución de 10 de mayo de 2024, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones con destino a las federaciones deportivas del Principado de Asturias para la financiación de sus programas durante el ejercicio 2024.
- Resolución de 4 de noviembre de 2024, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte, por la que se que se amplía el plazo de justificación de subvenciones con destino a las Federaciones Deportivas del Principado de Asturias para la financiación de sus programas durante el año 2024.
Criterios de valoración
- Desarrollo de competiciones incluidas en los Juegos Deportivos del Principado de Asturias y Juegos del Principado de Asturias del Deporte Adaptado. En función del número de participantes inscritos por Federación Deportiva, y hasta un máximo de 15 puntos, quedando excluida la Real Federación de Fútbol del Principado de Asturias
- Competiciones oficiales y eventos que organice durante el ejercicio (excluidas las correspondientes a los Juegos Deportivos del Principado de Asturias y Juegos del Principado de Asturias del Deporte Adaptado). En las competiciones oficiales se valorará el número de participantes y el número de jornadas y en el caso de los eventos sociales no competitivos organizados íntegramente por la Federación territorial se valorará la promoción de valores de igualdad, inclusión y diversidad, hasta un máximo de 35 puntos.
- Campañas de divulgación y difusión de la práctica deportiva y programas de formación y tecnificación deportiva, hasta un máximo de 15 puntos.
- Número de licencias o de clubes integrados en la Federación, hasta un máximo de 20 puntos
- Participación en competiciones nacionales oficiales, a través de selecciones autonómicas, así como el respaldo acreditado a equipos y/o deportistas individuales que participen en aquellas, hasta un máximo de 15 puntos o bien en eventos de especial relevancia cuando se trate de modalidades deportivas sin actividad competitiva, hasta un máximo de 12 puntos. Siendo requisito para obtener la máxima valoración de este apartado, la asistencia a los campeonatos de España en edad escolar, cuando por la modalidad deportiva de que se trate, sean convocados por el Consejo Superior de Deportes, o los organizados por la Federación nacional correspondiente
Programas objeto de subvención
- Gestión administrativa
- Cursos de formación técnico-deportiva y programas de difusión de la práctica deportiva
- Organización de competiciones
- Selecciones autonómicas y/o equipos que participan en fases nacionales oficiales convocadas por las Federaciones Españolas
SERVICIOS RELACIONADOS
FICHA DE ACREEDORES
- La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores
- Solicitud en modelo normalizado.
- Relación de los componentes de la junta directiva.
- Número de licencias de los clubes y los equipos integrados en la federación, especificando categoría y sexo, a fecha 31 de diciembre del ejercicio anterior.
- Descripción de los programas de la Federación Deportiva para los que se solicita subvención, con especificación de las actividades concretas de que se trate, indicando el presupuesto total, desglosado por conceptos, con el detalle de los gastos correspondientes.
- Balance de situación de la Federación a 31 de diciembre del ejercicio anterior, liquidación del citado ejercicio presupuestario y presupuestos definitivos aprobados para el año correspondiente a la convocatoria de la subvención, acompañados del Acta de la Asamblea en que fueron aprobados .
- Declaración responsable relativa a las subvenciones solicitadas, así como las concedidas, en su caso, con la misma finalidad.
- Memoria detallada de las actividades realizadas durante el ejercicio anterior, sólo en caso de no haberla presentado ya en la justificación del año anterior.
- Acreditación del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que reglamentariamente se determinen.
- Declaración responsable de no estar incursa la Federación en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria, señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
- Proyecto de presupuesto de ingresos y gastos previstos para el presente año.
- Acreditación de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias.
- Acreditación de hallarse al corriente de sus obligaciones con la de Seguridad Social.
- Acreditación de no ser deudor de la Hacienda del Principado por deudas vencidas, líquidas y exigibles.
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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