AYUD0007T24 - Ayudas en el marco de la PAC para plantaciones de manzano
Obtener ayudas económicas destinadas a plantaciones de manzano para compensar los sobrecostes y pérdidas de producción por adquirir compromisos agroambientales.
Titulares de explotaciones agrarias ubicadas en el Principado de Asturias, que cumplan los siguientes requisitos:
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarías y frente a la Seguridad Social.
- La explotación agraria tendrá que estar inscrita, o en proceso de inscripción, en el Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA) y que la base territorial de la explotación se destine parcial o totalmente al cultivo del manzano.
- Comprometerse a mantener una actividad agraria sostenible y a cumplir las normas de condicionalidad.
- Comprometerse a llevar a cabo en su plantación durante un periodo mínimo de 5 años las actividades para favorecer la biodiversidad (colocación de nidales y comederos para aves insectívoras, no utilización de insecticidas ni raticidas, colocación de perchas para rapaces diurnas y nocturnas Y mantener las sebes en el perímetro de las parcelas.
- La superficie con derecho a indemnización deberá ser al menos de 0,3 ha en una única parcela o en 3 no necesariamente colindantes. Se admitirá la superficie ocupada por las sebes.
- La plantación de manzano no podrá estar en espaldera y tendrá una densidad mínima de 100 árboles por ha.
- Para una misma superficie esta ayuda es incompatible con la producción ecológica.
Desde: 25/04/2024 00:00
Hasta: 31/05/2024 23:59
No obstante, se admitirán solicitudes de ayuda hasta el 15 de junio, en cuyo caso y a excepción de los casos de fuerza mayor y otras excepciones, los importes se reducirán un 1% por cada día hábil que sobrepase la fecha fin de presentación. El plazo de modificación de solicitudes se establece hasta el 15 de junio.
La solicitud única se presentará por medios electrónicos, excepto en casos excepcionales que podrá establecer la autoridad competente cuando el beneficiario sea una persona física y no tenga acceso y disponibilidad de medios electrónicos.
Dicha presentación por medios electrónicos se realizará mediante la aplicación web SGA (https://sga.asturias.es/) habilitada al efecto en esta misma página a través del enlace "Tramitación Telemática", bien con certificado digital o a través de las entidades habilitadas, utilizando la clave personal que se facilita en las oficinas comarcales de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial.
En el resto de los casos, se podrá realizar la tramitación en papel en la Oficina Comarcal correspondiente al domicilio del interesado, o mediante cualquiera de los sistemas de presentación previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. A estos efectos se dispondrá de un modelo estandarizado en la Sede Electrónica de la Administración del Gobierno del Principado de Asturias.
Servicio de Modernización Agroganadera.
Hasta el 30 de junio del año siguiente de presentación de la solicitud.
Potestativo de reposición.
MODIFICACIÓN DE LOS COMPROMISOS CONTRAÍDOS
En aplicación de lo dispuesto en el punto 7 del artículo 70 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, en el caso de que se modifiquen las normas obligatorias, requisitos u obligaciones aplicables, respecto a las cuales los compromisos agroambientales y climáticos o para la producción ecológica son más estrictos, se realizarán las correspondientes adaptaciones. En caso de que tal adaptación no sea aceptada por el beneficiario, el compromiso se dará por finalizado, sin que se exija reembolso alguno por el periodo durante el cual el compromiso fuera efectivo.
CÁLCULO DE LA AYUDA
La subvención se establecerá a partir del importe unitario por hectárea de superficie admisible y año, para el que se fijan dos valores:
- Novecientos (900) euros por hectárea y año, para la superficie que cumpla con todos los compromisos agroambientales y disponga de sebe en al menos un 50% del perímetro de las parcelas de manzano.
- Setecientos cuarenta (740) euros por hectárea y año, para la superficie que cumpla con todos los compromisos agroambientales excepto el compromiso de mantener cierres con setos vivos (sebes).
La ayuda se concederá en régimen de concurrencia competitiva. En caso de que el importe solicitado supere la cuantía especificada en la convocatoria, la admisión en el régimen y el pago correspondiente se realizarán por orden de prelación según los siguientes criterios de selección:
- Se asignará 1,0 punto por cada Ha de cultivo de manzano determinada en la medida.
- Se asignará 1,2 puntos por cada parcela de cultivo de manzano determinada en la medida.
- Se asignará 0,50 puntos cada Ha de cultivo de manzano en producción ecológica determinada en la medida.
- Se asignará 0,6 puntos cada m² de "sebe" determinada en la medida. Se estimará una relación de 1 m ancho por metro línea de sebe.
- Se asignará 0,2 puntos cada Ha de cultivo de manzano determinada en la medida que se encuentre ubicada en Red Natura.
Se establece puntuación mínima de 0,3 puntos.
En caso de empate en la valoración de las solicitudes, se primarán por orden de puntuación las solicitudes con mayor superficie de "sebe". Si aún permanece el empate el siguiente criterio seria primar aquellas solicitudes con mayor superficie de manzano en producción ecológica. Si después de aplicar este criterio aún se mantuviera el empate en la valoración de solicitudes, el siguiente criterio sería considerar las solicitudes en las que más de un 50% de la superficie determinada de manzano esté ubicada en Red Natura.
Si aplicados todos los criterios indicados en el apartado anterior aún siguiera manteniéndose algún empate se resolvería mediante sorteo.
FICHA DE ACREEDORES
La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores.
- Solicitud en modelo normalizado
- Ficha de acreedores, en caso de nueva solicitud o cambio de cuenta
- Escritura de constitución en la que se justifiquen los socios que componen la sociedad, así como su participación a fecha de solicitud
- O Estatutos
- Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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Tramitación Registro ElectrónicoTramitación telemática
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