AYUD0007T05 - Ayuda asociada en el marco de la PAC a la producción sostenible de proteínas de origen vegetal. Plan proteíco

Finalidad:

Obtener ayudas destinadas a impulsar la disponibilidad de proteína de origen vegetal y reducir así la dependencia de materias primas esenciales para alimentación animal y humana, así como fomentar un sistema agroalimentario más sostenible.

Tipos de ayuda:

  • Ayuda a la producción de de legumbres de la especie de garbanzos , lentejas y judía seca.
  • Ayuda a la producción del resto de leguminosas.
  • Ayuda a la producción de semillas certificadas de legumbres de la especie de garbanzos , lentejas y judía seca.
  • Ayuda a la producción de semillas certificadas del resto de leguminosas.
Quien lo puede presentar:

Productores de cultivos proteicos que cumplan los siguientes requisitos:

  • Beneficiarios: 
    • Titulares de explotación que cumplen la condición de agricultor activo y que produzcan determinados cultivos proteicos con destino al consumo humano o al consumo animal.
  • Explotaciones:
    • Las explotaciones deben estar inscritas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA) o en el Registro de Explotaciones Agrícolas (REA) a fecha fin de modificación de solicitud.

  • Superficie:
    • Producir alguna leguminosa de las recogidas en el artículo 48 del Real Decreto 1048/2022 o mezcla de leguminosas con gramíneas siempre que las leguminosas sean predominantes.
    • Emplear semillas de las variedades recogidas en el Catálogo común de variedades de especies de plantas agrícolas de la Unión Europea, en el Registro español de variedades comerciales, o que tengan concedida una autorización de comercialización. Se exceptúan de este requisito las semillas de las especies para las que no existe catálogo de variedades, o, estando autorizada su comercialización, no pertenece a una variedad determinada.

    • Realizar labores agrícolas que aseguren el normal desarrollo del cultivo y mantenerlo en el terreno hasta alcanzar el estado de madurez lechosa del grano, inicio de floración o madurez fisiológica de la semilla dependiendo de que su destino sea consumo humano, consumo animal o producción de semilla certificada.
    • Se permitirá el aprovechamiento por el ganado directamente sobre el terreno, siempre que sea compatible con la especie y el cultivo se mantenga al menos hasta el inicio de la floración.
    • Quedarán excluidas del cobro de la ayuda las superficies cuya producción se utilice como abonado en verde, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada.
    • La superficie mínima por explotación susceptible de recibir ayuda es de 1 hectárea en secano y 0, 50 hectáreas en regadío.
    • Aplicar la gestión sostenible de insumos conforme a las disposiciones del Real Decreto 1051/2022 por el que se establecen normas para la nutrición sostenible en los suelos agrarios.
    • Únicamente se puede solicitar una ayuda asociada en la misma superficie en la misma campaña.
Plazos de presentación:

Desde: 25/04/2024 00:00

Hasta: 31/05/2024 23:59

No obstante, se admitirán solicitudes de ayuda hasta el 15 de junio, en cuyo caso y a excepción de los casos de fuerza mayor y otras excepciones, los importes se reducirán un 1% por cada día hábil que sobrepase la fecha fin de presentación. El plazo de modificación de solicitudes se establece hasta el 15 de junio.

Presentación:

La solicitud única se presentará por medios electrónicos, excepto en casos excepcionales que podrá establecer la autoridad competente cuando el beneficiario sea una persona física y no tenga acceso y disponibilidad de medios electrónicos.

Dicha presentación por medios electrónicos se realizará mediante la aplicación web SGA (https://sga.asturias.es/) habilitada al efecto en esta misma página a través del enlace "Tramitación Telemática", bien con certificado digital o a través de las entidades habilitadas, utilizando la clave personal que se facilita en las oficinas comarcales de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial.

En el resto de los casos, se podrá realizar la tramitación en papel en la Oficina Comarcal correspondiente al domicilio del interesado, o mediante cualquiera de los sistemas de presentación previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. A estos efectos se dispondrá de un modelo estandarizado en la Sede Electrónica de la Administración del Gobierno del Principado de Asturias.

Órgano gestor:

Servicio de Modernización Agroganadera.

Plazo de resolución:

Hasta el 30 de junio del año siguiente de presentación de la solicitud.

Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Recursos:

Potestativo de reposición.

Normativa básica:

Real Decreto 1046/2022, de 27 de diciembre, por el que se regula la gobernanza del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común en España y de los fondos europeos agrícolas FEAGA y Feader.

Real Decreto 1047/2022, de 27 de diciembre, por el que se regula el sistema de gestión y control de las intervenciones del Plan Estratégico y otras ayudas de la Política Agrícola Común.

Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control.

Real Decreto 1049/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen las normas para la aplicación de la condicionalidad reforzada y de la condicionalidad social que deben cumplir las personas beneficiarias de las ayudas en el marco de la Política Agrícola Común que reciban pagos directos, determinados pagos anuales de desarrollo rural y del Programa de Opciones Específicas por la Lejanía y la Insularidad (POSEI).

Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre, por el que se establece y regula el Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria, así como el Registro autonómico de explotaciones agrícolas y el Cuaderno digital de explotación agrícola.

Real Decreto 147/2023, de 28 de febrero, por el que se establecen las normas para la aplicación de penalizaciones en las intervenciones contempladas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y se modifican varios reales decretos por los que se regulan distintos aspectos relacionados con la aplicación en España de la Política Agrícola Común para el período 2023-2027.

Real Decreto 408/2024, de 23 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 1055/2021, de 30 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones estatales para la renovación del parque nacional de maquinaria agraria.

Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, por que se aprueba las bases reguladoras del procedimiento de concesión de las subvenciones intervenciones en forma de pagos directos a la agricultura y a la ganadería de los pagos al desarrollo rural sujetas al Sistema Integrado de Gestión y Control.

Extracto de la Resolución de 18 de marzo de 2024, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas destinadas a los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y a los pagos al desarrollo rural sujetas al sistema integrado de gestión y control, para la campaña 2024. Ayudas directas PAC 2024

Información adicional:

La ayuda adopta la forma de pago anual por hectárea.

FICHA DE ACREEDORES

La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores.

Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Solicitud única en modelo normalizado.
  • documentación que acredite la variedad sembrada.
En caso de actuar por medio de representante:
  • Documento acreditativo de la representación. Deberá aportarse siempre que la representación no se acredite a través de un poder notarial o si el poder notarial no dispone de Código Seguro de Verificación-CSV o disponiendo de éste se haya ejercido el derecho de oposición a su consulta.
En caso de actuar por medio de persona autorizada:
  • NIF de la persona autorizada.
  • Documento acreditativo de la autorización.
En el caso de nuevos solicitantes o cambio de cuenta:
  • Ficha de acreedores.
Documentos fiscales:
  • Declaración informativa anual de entidades en régimen de atribución de rentas.
Documento justificativo de los socios que componen la sociedad y su participación a fecha de solicitud (se aportará uno de ellos):
  • Estatutos
  • Escritura pública de constitución de la sociedad.
Cuando proceda:
  • Impuesto de sociedades.
En el caso de producción de semilla certificada:
  • Contrato entre el agricultor y la empresa productora de semilla.
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
  • Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español, de la persona solicitante.
  • Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español, de la persona representante.
  • Tarjeta de identificación fiscal, cuando la persona jurídica o entidad sin personalidad solicite por primera vez.
  • Poder notarial, en caso de representación por poder notarial.
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

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