AYUD0155T01 - Solicitud de ayudas para el fomento de razas autóctonas españolas
Finalidad:
Obtener ayudas económicas destinadas a las asociaciones de criadores de ganado reconocidas por la autoridad competente de la comunidad autónoma, para el fomento de las razas autóctonas.
Quien lo puede presentar:
Asociaciones de criadores de ganado reconocidas oficialmente por el Principado de Asturias para la gestión del Libro o Libros Genealógicos de la raza o razas autóctonas españolas
Plazos de presentación:
Desde: 24/05/2024 00:00
Hasta: 20/06/2024 23:59
Presentación:
Presentación telemática
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano gestor:
Servicio de Sanidad y Producción Animal
Plazo de resolución:
6 meses
Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Recursos:
Potestativo de reposición
Normativa básica:
- Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas.
- Reglamento (UE) 2022/2472 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
- Decreto 71/1992, DE 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Decreto Legislativo 2/1998, de 25 de junio, por el que se aprueba el texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario.
- Extracto de la Resolución de 13 de mayo de 2024, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se convocan subvenciones para el fomento de razas autóctonas
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
- Solicitud en modelo normalizado
- Acreditación del poder de representación de la persona que firma la solicitud, salvo que se indique en la solicitud el código seguro de verificación de un poder notarial
- Memoria inicial con las actuaciones para las que se solicita subvención, con el contenido mínimo siguiente: Actividades a desarrollar por línea de actuación; Objetivos que se pretenden alcanzar; Medios disponibles para alcanzar los objetivos; Número de animales activos inscritos en el Libro Genealógico y número de explotaciones activas a fecha de presentación de solicitud
- Relación de animales activos inscritos en los distintos registros del libro genealógico a fecha de presentación de solicitud, en soporte informático (fichero Excel o similar)
- Desglose del presupuesto de gastos, en soporte papel o informático (fichero Excel o similar) con al menos las siguientes especificaciones: Línea de actuación, Concepto, Presupuesto inicial (cumplimentar sin IVA, excepto en el caso de que no sea susceptible de recuperación por el beneficiario)
- En caso de que el IVA no sea susceptible de recuperación por el beneficiario, justificante de exención de IVA
Si no se han presentado con anterioridad o han sido modificados (artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública) , además:
- Acta fundacional
- Estatutos de la asociación
- Ficha de acreedores
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
Documentos aportados
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
Documentación relacionada:
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