AYUD0138T01 - Subvención para el desarrollo de programas de servicios sociales especializados dirigidos a personas con discapacidad

Finalidad:

Obtener, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas económicas destinadas a entidades sin ánimo de lucro, para el desarrollo de programas de servicios sociales especializados, dirigidos a la integración de las personas con discapacidad y sus familias, en el ámbito territorial del Principado de Asturias.

Quien lo puede presentar:

Entidades sin animo de lucro.

Plazos de presentación:

Desde: 03/09/2022 00:00

Hasta: 22/09/2022 23:59

Presentación:

Las solicitudes se podrán presentar:

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do  
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano gestor:

Servicio de Régimen Jurídico y Económico

Plazo de resolución:

4 meses

Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Recursos:

Potestativo de reposición

Normativa básica:

Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones. BOPA 19 de noviembre de 1992

Decreto legislativo 2/1998, de 25 de junio, de la Consejería de Economía, por el que se aprueba el texto refundido del régimen económico y presupuestario. BOPA 02 de julio de 1998

Decreto 14/2000, de 10 de febrero, primera modificación del Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones. BOPA 25 de febrero de 2000

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. BOE 18 de noviembre de 2003

Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. BOE 25 de julio de 2006

Resolución de 10 de diciembre de 2014, de la consejería de bienestar social y vivienda, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir la convocatoria pública para la concesión de subvenciones a favor de entidades sin ánimo de lucro en el ámbito de los servicios sociales especializados para el desarrollo de programas dirigidos a las personas con discapacidad. BOPA 30 de abril de 2015

Resolución de 31 de marzo de 2017, de la Consejería de Servicios y Derechos Sociales, de rectificación de error advertido en la resolución de 13 de febrero de 2017, de la Consejería de Servicios y Derechos Sociales, por la que se modifican las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas dirigidos a personas con discapacidad. BOPA 26 de abril de 2017

Resolución de 7 de mayo de 2019, de la Consejería de Servicios y Derechos Sociales, por la que se modifican las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a favor de entidades sin ánimo de lucro en el ámbito de los servicios sociales especializados para el desarrollo de programas dirigidos a la personas con discapacidad. BOPA 16 de mayo de 2019 

Extracto de la Resolución de 25 de agosto de 2022, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar del Principado de Asturias, por la que se convocan subvenciones a favor de entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas en el ámbito de los Servicios Sociales Especializados dirigidos a las personas con discapacidad.

Extracto de la Resolución de 12 de septiembre de 2022, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, por la que se acuerda la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento de concesión de subvenciones a favor de entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas en el ámbito de los Servicios Sociales Especializados dirigidos a las personas con discapacidad.

Información adicional:

PROGRAMAS SUBVENCIONABLES

LÍNEA GENERAL: 

  1. Programas para el desarrollo de habilidades y de cauces innovadores para fomentar la participación de las personas con discapacidad en la comunidad.
  2. Programas de atención, orientación y apoyo a las familias.
  3. Programas de apoyo a las personas con discapacidad en proceso de envejecimiento.
  4. Programas de promoción de la autonomía personal y vida independiente.
  5. Programas que favorezcan la permanencia de la persona con discapacidad en su propio entorno.
  6. Programas dirigidos a favorecer la integración social de las mujeres con discapacidad.
  7. Programas de integración de las personas con discapacidad en cultura, deporte y ocio normalizados.
  8. Programas de formación no reglada en materia de discapacidad relacionada con el colectivo al que preferentemente se dirige la entidad y cuyos destinatarios sean personal de atención directa a las personas con discapacidad
  9. Programas de formación y orientación laboral destinado a personas con discapacidad.

LÍNEA ESPECÍFICA:

  1. Programas dirigidos al disfrute de ocio y tiempo libre en la comunidad complementarios a las actividades para los usuarios de centros de apoyo a la integración y alojamiento residenciales, dependientes de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar.
  2. Programas dirigidos a favorecer la integración social de las personas con enfermedad de Alzheimer residentes en el Principado de Asturias.
  3. Programas dirigidos a favorecer la integración de las personas con sordoceguera.

NÚMERO MÁXIMO DE SOLICITUDES E IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN 

El límite máximo de solicitudes a presentar por cada Entidad se establece en uno.

La cuantía individualizada de la subvención por programa vendrá determinada en función del crédito disponible y no podrá ser, en ningún caso, superior a los siguientes límites: 

  • Para la línea general: 5.000 €.
  • Para la línea específica: al crédito asignado a cada tipo de programa esencial, según lo dispuesto en el apartado tercero de la resolución de convocatoria.

FICHA DE ACREEDORES

La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores

Nivel de identificación del solicitante:
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Solicitud en modelo normalizado
  • Memoria de la entidad (según modelo normalizado, anexo I).
  • Descripción explicativa del proyecto o programa (según modelo normalizado, anexo II)
  • Certificación de la Seguridad Social de la vida laboral de la entidad o de la fundación
  • Documentación acreditativa para la aplicación de los criterios de valoración, cuando en ellos se exija una forma de acreditación diferente a la declaración responsable
  • Acreditación de la representación o poder legal de la entidad solicitante
  • Ficha de acreedores (en modelo normalizado)
En caso de fundaciones o asociaciones, además:
  • Certificado que acredite el cumplimiento de lo establecido en la Ley 50/2002 de Fundaciones y en la Ley 49/2002, de regímen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo
En el caso de asociaciones con ingresos no superiores a 100.000 € anuales:
  • Balance de la entidad en el año de la convocatoria (en su caso)
  • Cuenta de resultados de la entidad en el año de la convocatoria (en su caso)
  • Estado de ingresos y gastos, unido a un pequeño resumen sobre las acciones de la entidad en el año de la convocatoria (en su caso)
  • Copia auténtica de los estatutos o presentación de la documentación original para que sea digitalizada o copiada por la Administración en cuyo registro se presenta
Documentos para justificar la subvención:
  • Relación de gastos (anexo III)
  • Justificación de las dietas (anexo IV)
  • Descripción del programa desarrollado (anexo V)
  • Balance económico (anexo VI)
Documentos para solicitar el pago anticipado de la subvención:
  • Solicitud de pago anticipado (anexo VIII)
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

Comprueba los requisitos técnicos para realizar la solicitud

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