RECE0082T01 - Inscripción en el censo de instalaciones juveniles del Principado de Asturias
Finalidad:
Inscribirse en el censo de instalaciones juveniles del Principado de Asturias de todos aquellos espacios físicos de carácter permanente, de titularidad pública o privada, que se encuentren al servicio de la juventud.
Quien lo puede presentar:
Titular o explotador de una instalación juvenil en el Principado de Asturias
Plazos de presentación:
Todo el año
Presentación:
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
e) Centros de recursos de los Consejos de la Juventud.
f) Granjas escuelas y aulas de la naturaleza.
g) Otros.
Nivel de identificación del solicitante:
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
Solicitud normalizada del procedimiento
Acreditación de la representación en el supuesto de que el solicitante sea persona jurídica
Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español
Copia del NIF del solicitante
Certificado de cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
Certificado de cumplimiento con las obligaciones tributarias estatales
Certificado de cumplimiento con las obligaciones tributarias autonómicas
Declaración responsable de cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
Documentos aportados
Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente".