AYUD0113T01 - Ayudas para la contratación de seguros agrarios combinados

Finalidad:

Obtener ayudas económicas destinadas a personas físicas o jurídicas cuyas explotaciones se encuentren ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, que hayan suscrito una póliza de seguros agrarios de las líneas incluidas en los planes de seguros agrarios combinados que se encuentren vigentes o resulten de aplicación en el año de la convocatoria,  publicados por la Entidad Estatal de Seguros Agrarios de acuerdo con las condiciones recogidas aprobados por el Consejo de Ministros.

Quien lo puede presentar:

Personas físicas o jurídicas, cuyas explotaciones se encuentren ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, que suscriban pólizas de las líneas incluidas en los Planes de Seguros Agrarios publicados por la Entidad Estatal de Seguros Agrarios, que cumplan los siguientes requisitos:

1.- Realizar la suscripción del seguro a través de las entidades aseguradoras autorizadas por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas e incluidas en Agroseguro SA o a través de los agentes de seguros autorizados. (Todo ello en la forma legalmente establecida a tenor de la Ley 87/1978 de 28 de diciembre, de Seguros Agrarios Combinados - BOE nº 11, de 12 de enero de 1979).

2.- Ser personas físicas o jurídicas, cuyas explotaciones se encuentren ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, que hayan suscrito una póliza de seguros agrarios entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021, de las líneas incluidas en los Planes de Seguros Agrarios vigentes para el ejercicio 2021 publicados por la Entidad Estatal de Seguros Agrarios, aprobados por el Consejo de Ministros, así como las pólizas pendientes de regularizar

3.- Estar al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.

Plazos de presentación:

Desde: 01/01/2024 00:00

Hasta: 31/12/2024 23:59

Presentación:

Entidades aseguradoras autorizadas por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas e incluidas en Agroseguro o a través de los agentes de seguros autorizados.

Órgano gestor:

Servicio de Agroindustria

Plazo de resolución:

3 meses

Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Recursos:

Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

Normativa básica:

 

Información adicional:

1.- PERSONA DE CONTACTO GESTIÓN DE SEGUROS AGRARIOS

  • Juan José Queipo Pérez
  • Correo electrónico: juanjose.queipoperez@asturias.org
  • Teléfono: 985105622
  • Edificio Administrativo Servicios Múltiples
  • C/ Antonio Suárez Gutiérrez  2, 2ª planta sector izquierdo
  • 33005 Oviedo

2.- EXCLUSIONES

No podrán acceder a esta línea de ayudas: órganos de la Administración del Estado, de las comunidades autónomas, de las corporaciones locales y sus organismos autónomos o asimilados.

3.- APLICACIÓN DE LAS SUBVENCIONES

Las subvenciones se aplicarán exclusivamente a las pólizas de seguros contratadas por asegurados que figuren en la base de datos de subvencionalidad de personas físicas y jurídicas en el momento de la entrada en vigor de la póliza, elaborada a tal fin por ENESA, que cumpla con lo establecido en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

4. MAS INFORMACIÓN

Agroseguro: entidades coaseguradoras

 

Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Solicitud de subvención. Tendrá la consideración de solicitud de subvención la formalización de la declaración de seguro, que se realiza únicamente a través de las entidades aseguradoras autorizadas por el Ministerio de Hacienda y Administraciones públicas e incluidas en Agroseguro o a través de los agentes de seguros autorizados.
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
Documentación relacionada:

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