RECE0004T18 - Comunicación de cambio de titularidad de actividad industrial
Finalidad:
Comunicar el cambio de titularidad en el ámbito de la Ley 21/1992, de Industriad y Calidad Industrial en el caso de empresas o entidades y establecimientos industriales inscritos en el Registro Integrado Industrial y empresas o entidades de servicios y agentes habilitados en materia de seguridad y calidad industrial
Quien lo puede presentar:
Empresas, asociaciones y organizaciones inscritos en el Registro Integrado Industrial
Plazos de presentación:
Todo el año
Presentación:
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Órgano gestor:
Servicio de Industria
Efecto del silencio administrativo:
Estimatorio
Recursos:
Potestativo de reposición o contencioso administrativo
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
Solicitud en modelo normalizado
Documento de cesión gratuita y voluntaria
Documento de transmisión, intervivos o mortis causa
Alta o recibo del Impuesto de Actividades Económicas del nuevo titular
Documento de adjudicación de dominio, judicial o notarial
Contrato de arrendamiento
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
En caso de que el nuevo titular sea una sociedad, además:
Escritura de constitución, absorción, fusión, modificación de estatutos, etc.
Nº de NIF (número de identificación fiscal de persona jurídica)
Datos Catastrales, consulta por NIF
Bienes Inmuebles, consulta por Referencia catastral
Certificación de Titularidad, consulta por NIF o por localización
Certificación Gráfica y Descriptiva, consulta por localización
Documentos aportados
Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"