Sede electrónica
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AYUD0088T01 - Ayudas para la mejora de semillas, plantones de hortalizas y plantas de vivero de frutales
Obtener ayudas destinadas a la mejora de la producción y de la calidad de las semillas y plantones de hortalizas y plantas de vivero de frutales realizadas en el territorio del Principado de Asturias con prioridad para el sector de la producción ecológica.
Productores que operan en la producción primaria de los productos agrícolas que figuran en la lista del anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, excepto los productos de la pesca y de la acuicultura, concretamente las que centran su actividad en la producción de semillas y plantones de hortícolas y plantones de frutales legalmente acreditados para tal fin conforme a la normativa correspondiente.
Deben de cumplir los siguientes requisitos:
- Estar inscritos, en el momento de la solicitud, en el registro oficial correspondiente para la actividad de producción de material de multiplicación de hortalizas y plantas de viveros de frutales o de hortalizas, es decir, los grupos 1.A, 1.F, 8 o 14, según clasificación de la Ley 30/2006, de 26 de julio, de semillas y plantas de vivero y de recursos fitogenéticos.
- Ser productor de material de multiplicación de hortaliza y plantas de vivero de frutales autorizados, inscritos en el Registro de Operadores Profesionales de Material Vegetal de Reproducción del Principado de Asturias, ya sean personas físicas, jurídicas, públicas o privadas o comunidades de bienes.
Desde: 22/05/2024 00:00
Hasta: 18/06/2024 23:59
Presentación presencial
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Presentación telemática
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Servicio de Desarrollo Rural.
6 meses desde la fecha de publicación del extracto.
Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo.
- Decreto 71/ 92, de 29 de octubre, por el que se regula el Régimen General de concesión de Subvenciones (Consejería de Hacienda, Economía y Planificación). BOPA 19 de noviembre de 1992
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. BOE 18 de noviembre de 2003
- Ley 30/2006, de 26 de julio, de semillas y plantas de vivero y de recursos fitogenéticos. BOE 27 de julio de 2006
- Reglamento (UE) nº 1408/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola. DOUE, serie L 24 de diciembre de 2013
- Resolución de 29 de junio de 2015, de la Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos, por la que se aprueban las bases que regirán la concesión de ayudas destinadas a la mejora de la producción y de la calidad de las semillas y plantones de hortalizas y de las plantas de vivero de frutales del Principado de Asturias. BOPA 8 de julio de 2015
- Extracto de la Resolución de 9 de mayo de 2024, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se convocan ayudas destinadas a la mejora de la producción y de la calidad de las semillas y plantones de hortalizas y de las plantas de vivero de frutales del Principado de Asturias, en el ejercicio 2024.
SOLICITUD DE TRES OFERTAS DE DIFERENTES PROVEEDORES
Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la normativa correspondiente que regule los contratos menores del sector público, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiere realizado con anterioridad a la subvención. La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, o, en su caso, en la solicitud de subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
GASTOS SUBVENCIONABLES
- Para la mejora de la calidad y de la producción de plantas de vivero de frutales:
- Implantación de campos de plantas madre de categoría certificada o CAC de frutales realizada conforme a los requisitos de los reglamentos técnicos de control y certificación, siempre que la producción se mantenga al menos durante 5 años y que no se utilicen directa o indirectamente para la producción de sus frutos
Preparación del terreno para la producción de plantones de frutales. - Instalaciones o construcciones nuevas que aumenten la capacidad de producción de plantones de frutales del vivero.
- Mejora de las instalaciones y construcciones existentes que repercutan en la mejora de la calidad y de la producción de plantones de frutales
- Adquisición de equipos nuevos para el proceso de producción viverístico
- La adaptación de las explotaciones con vistas a reducir los costes de producción, ahorrar energía o agua, o la incorporación de nuevas tecnologías, incluidas las de informatización y telemática
- Sistemas de impresión de etiquetas para plantones de frutales.
- Obtención y ensayo de nuevas variedades y clones de especies de plantas de vivero
- Realización de los análisis necesarios para garantizar un estado sanitario que permita la puesta en el mercado del material vegetal sin riesgos para la persona, el medio o el propio cultivo.
- Implantación de campos de plantas madre de categoría certificada o CAC de frutales realizada conforme a los requisitos de los reglamentos técnicos de control y certificación, siempre que la producción se mantenga al menos durante 5 años y que no se utilicen directa o indirectamente para la producción de sus frutos
- Para la mejora de la calidad y de la producción de plantones de hortalizas y material de multiplicación de hortalizas:
- Instalaciones y construcciones nuevas que aumenten la capacidad de producción de plantones y semillas de hortalizas
- Mejora de las instalaciones y construcciones existentes en los procesos de producción que repercutan en la mejora de la calidad y sanidad de la producción del material de los plantones de hortalizas y del material de multiplicación de hortalizas
- Adquisición de equipos nuevos en los procesos de producción
- La adaptación de las explotaciones con vistas a reducir los costes de producción, ahorrar energía o agua, o la incorporación de nuevas tecnologías, incluidas las de informatización y telemática
- Sistemas de impresión de etiquetas para plantones y semillas de hortalizas.
- Obtención y ensayo de nuevas variedades y clones de especies de plantas de vivero
- Realización de los análisis necesarios para garantizar un estado sanitario que permita la puesta en el mercado del material vegetal sin riesgos para la persona, el medio o el propio cultivo.
RÉGIMEN DE LAS AYUDAS
La concesión de las ayudas previstas en la presente Resolución se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria y procedimiento selectivo único, según el cual la concesión de las ayudas se realiza mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración fijados en la base decimocuarta de la presente Resolución, y adjudicar con el límite fijado según el crédito disponible, aquellas que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los citados criterios.
JUSTIFICACIÓN DE LA INVERSIÓN
Para percibir la subvención, los beneficiarios deberán haber realizado la inversión una vez solicitada la ayuda y presentada ante el órgano concedente, la documentación relativa a la justificación.
El plazo para la presentación de toda la documentación justificativa de la inversión, finaliza el día 12 de noviembre de 2024.
FICHA DE ACREEDORES
La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores
SERVICIOS RELACIONADOS
Aportación de documentos por requerimiento a la Administración del Principado de Asturias
- Solicitud en modelo normalizado
- Copia Estatutos o escritura de constitución en la que se especifique el nombre del representante legal de la empresa.
- Relación de todos los partícipes o socios de la entidad solicitante, indicando nombre, apellidos y número de NIF.
- Memoria del programa de mejora consistente en una descripción de las actuaciones que se pretendan acometer y los objetivos a conseguir, con los siguientes capítulos: I. Actuaciones, objetivos y justificación. II. Descripción de inversiones y trabajos. III. Localización de las inversiones. IV. Presupuesto detallado, con aportación de facturas proforma y, en su caso, las ofertas solicitadas.
- Certificado de inscripción en el Registro Oficial de Proveedores de Material Vegetal del Principado de Asturias o documento que acredite haber solicitado la inscripción en el citado registro
- Ficha de acreedores del peticionario
- Acreditación de la representación en que actúa el firmante.
- Referencia SIGPAC de las superficies destinadas a la plantación
- Salida gráfica SIGPAC donde se señale dicha superficie plantada (en el caso de que la superficie plantada sea inferior a la superficie del recinto)
- Superficie y el marco de plantación
- Especie, las variedades y clones (en su caso) de las plantas y las unidades de plantas empleadas por variedad y clon, la categoría de estas y el origen material
- Plan de actuaciones que incluya el material vegetal, técnicas de cultivo y método experimental
- Detalle de la parte del gasto y actividades a desarrollar cada año, en aquellos planes de actuaciones que comprendan varios años, se deberá detallar la parte del gasto y actividades a desarrollar cada año. Anualmente deberá solicitar solo las inversiones y trabajos que vayan a realizar en el año, incluyendo la parte del gasto que se vaya a ejecutar en dicha anualidad
- Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español, de la persona solicitante.
- Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español, de la persona representante.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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