DECO0008T01 - Comunicación de desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional

Finalidad:

Efectuar la comunicación de desplazamiento temporal de trabajadores a España en el marco de una prestación de servicios transnacional.

Quien lo puede presentar:

Empresas con trabajadores desplazados en el marco de una prestación de servicios transnacionales.

Plazos de presentación:

Todo el año.

Presentación:

Presentación presencial

Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

Presentación telemática

Las solicitudes se podrán presentar:

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do  
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano gestor:

Servicio de Ordenación Laboral

Efecto del silencio administrativo:
No procede
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Formulario de comunicación. Si la empresa que desplaza a los trabajadores a España es una empresa de trabajo temporal deberá: incluir en la comunicación la acreditación de que cumple los requisitos legales en su país para la puesta a disposición de otra empresa usuaria, con carácter temporal, de los trabajadores por ella contratados; precisar las necesidades temporales de la empresa usuaria para ser cubiertas por el contrato de puesta a disposición, con indicación del supuesto de celebración que corresponda (según el artículo 6.2 de la Ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan las empresas de trabajo temporal).
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
Documentación relacionada:

Comprueba los requisitos técnicos para realizar la solicitud

Verifica aquí que tu equipo tiene la configuración técnica necesaria para la firma en la solicitud de este servicio.

Verificar

Área Personal

Si no estás registrado hazlo, todo son ventajas. Podrás consultar tus expedientes y realizar tus trámites desde la web.

Registrarme

Contacta