RECE0031T09 - Comunicación de cambio de empresa conservadora de aparatos elevadores
Comunicar el cambio de empresa conservadora de un aparato elevador incluido en el ámbito de aplicación de alguna de las instrucciones técnicas complementarias del Reglamento de aparatos de elevación y manutención de los mismos, aprobado por Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre
Empresas conservadoras de aparatos elevadores
Todo el año.
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias.
Servicio de Política Industrial.
Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
- Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención de los mismos
- Real Decreto 836/2003, de 27 de junio, por el que se se aprueba una nueva Instrucción técnica complementaria "MIE-AEM-2" del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas torre para obras u otras aplicaciones. BOE 17 de julio de 2003
- Real Decreto 837/2003, de 27 de junio, por el que se aprueba el nuevo texto modificado y refundido de la Instrucción técnica complementaria "MIE-AEM-4" del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas móviles autopropulsadas.
- Real Decreto 355/2024, de 2 de abril, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 «Ascensores», que regula la puesta en servicio, modificación, mantenimiento e inspección de los ascensores, así como el incremento de la seguridad del parque de ascensores existente
Existe tasa asociada:
Es necesario dar cuenta al órgano competente de la comunidad autónoma, en el plazo máximo de 30 días, de todas las altas y bajas de contratos de mantenimiento de los ascensores que tengan a su cargo.
Para la comunicación de altas, la empresa conservadora deberá indicar:
- Su nombre y razón social.
- Fecha de entrada en vigor del contrato.
- Copia del contrato de mantenimiento.
- Nº del contrato de mantenimiento.
- Fecha de la última inspección periódica vigente requerida según el apartado 4 del artículo 11, así como el número de acta de la misma y el organismo de control que la realizó.
En el caso de comunicación de la baja se comunicará:
- Su nombre y razón social.
- Fecha de cese del contrato.
- Documento acreditativo de la comunicación del cese del contrato al o la titular.
SERVICIOS RELACIONADOS
- Solicitud en modelo normalizado
- Justificante de abono de la tasa correspondiente al alta del contrato de conservación.
- Los indicados en el apartado "Información adicional"
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
-
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