RRHH0015T01 - Jubilación voluntaria del personal funcionario

Finalidad:

Solicitud de jubilación voluntaria por el personal funcionario de la Administración del Principado de Asturias, excluido el personal docente y el personal funcionario de justicia al servicio de la Administración del Principado de Asturias.

Quien lo puede presentar:

Personal funcionario de la Administración del Principado de Asturias, excluido el personal docente no universitario y el personal funcionario de justicia al  servicio de la Administración del Principado de Asturias, acreditando los requisitos para acceder a la jubilación voluntaria establecidos en el Régimen de Seguridad Social aplicable (Seguridad Social o Clases Pasivas del Estado)

Plazos de presentación:

Todo el año.

  • Los funcionarios del Régimen de Clases Pasivas del Estado deben presentarlo con una antelación mínima de tres meses a la fecha de jubilación solicitada.
Presentación:

Presentación telemática

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado 
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, están obligadas a relacionarse  por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias

Órgano gestor:

Servicio de Relaciones Laborales

Efecto del silencio administrativo:
No procede
Recursos:

Potestativo de reposición

Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Solicitud en modelo normalizado
Funcionarios del Régimen General de la Seguridad Social además:
  • Documentación acreditativa de reunir los requisitos para acceder a este tipo de jubilación
Funcionarios del Régimen de Clases Pasivas del Estado además:
  • Si para completar los 30 años de servicios efectivos al Estado requeridos para acceder a esta jubilación, son necesarios periodos de cotización a otros regímenes Seguridad Social, se deberá aportar documentación acreditativa de los mismos
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
Documentación relacionada:

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