RECE0004T01 - Comunicación de actividades incluidas en la división A del Registro Integrado Industrial

Finalidad:

Comunicación de los datos necesarios para la inscripción en el Registro Integrado Industrial.

Quien lo puede presentar:

Empresas, asociaciones, organizaciones y entidades que ejerzan una actividad en el Principado de Asturias incluida en la división A del Registro Integrado Industrial que dispongan de las autorizaciones correspondientes en caso de aquellas actividades sujetas a autorización administrativa, o hayan presentado la documentación reglamentariamente establecida para la puesta en servicio de sus instalaciones afectadas por reglamentos de seguridad industrial en el  caso de industrias liberalizadas.

Plazos de presentación:

Todo el año.

Presentación:

Presentación presencial

Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

Presentación telemática

Las solicitudes se podrán presentar:

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do  
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano gestor:

Servicio de Industria.

Efecto del silencio administrativo:
No procede
Recursos:

En el caso de inadmisión de la comunicación, recurso potestativo de reposición.

Información adicional:

DESTINATARIOS

  • Dentro del ámbito de aplicación de la división A se integran los siguientes tipos de industrias con instalaciones de carácter fijo:
  • Las actividades destinadas a la obtención, reparación, mantenimiento, transformación o reutilización de productos industriales, el envasado y embalaje, el aprovechamiento y eliminación de residuos y subproductos, cualesquiera que sea la naturaleza de los recursos y procesos técnicos utilizados, y en su caso las instalaciones que éstas precisen.
  • Las actividades de investigación, aprovechamiento y beneficio de los yacimientos minerales y demás recursos geológicos.
  • Las actividades de generación distribución y suministro de la energía y productos energéticos. Entre estas actividades se incluyen el suministro al por menor de productos petrolíferos.
  • Las industrias de fabricación de armas y explosivos y aquellas que se declaren de interés para la defensa nacional.
  • Las actividades industriales relacionadas con el transporte y las telecomunicaciones.
  • Las actividades industriales relativas al medicamento y a la sanidad así como las industrias alimentarias, agrarias, pecuarias, forestales y pesqueras.

COMUNICACIÓN DE DATOS

  • Podrán comunicar los datos  necesarios para la inscripción aquellas actividades o instalaciones sujetas a autorización, comunicación o declaración responsable.
  • Las industrias o actividades no sujetas a autorización administrativa, comunicación o declaración responsable podrán comunicar los datos una vez  inicien su actividad. En  otro caso los datos relativos a las mismas podrán ser obtenidos de oficio a partir de la documentación técnica presentada para la puesta en servicio de sus instalaciones o mediante visita de inspección, con el fin de disponer en el registro de los datos actualizados así como de proceder al devengo de la tasa correspondiente a la tramitación de la puesta en servicio de las instalaciones industriales.
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Hojas de comunicación de datos de Registro Industrial (división A), debidamente cumplimentado, tanto para el inicio, modificación, traslado e incluso cese total de la actividad industrial.
En caso de actuar por medio de representante:
  • Documentación acreditativa de la representación (Deberá aportarse siempre que la representación no se acredite a través de un poder notarial o si el poder notarial no dispone de Código Seguro de Verificación-CSV o disponiendo de éste se haya ejercido el derecho de oposición a su consulta)
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
  • Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español
  • Poder notarial, en caso de representación por poder notarial.
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
Documentación relacionada:

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