AUTO0016T01 - Ejercicio derecho de oposición a la consulta de documentación elaborada por cualquier administración
Finalidad:
Manifestar oposición expresa para el reconocimiento del derecho de oposición a la consulta de documentos elaborados por cualquier administración, de acuerdo a lo establecido en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Quien lo puede presentar:
Quienes cumplan los siguientes requisitos:
Ser solicitante de un servicio o procedimiento administrativo de la Administración del Principado de Asturias para el que se desea ejercer el derecho de oposición a la consulta de aquella documentación que haya sido elaborada por cualquier Administración, con el fin de acreditar alguno de los requisitos necesarios para la tramitación del mencionado servicio o procedimiento.
Indicar la consulta concreta a la que se manifiesta oposición.
Aportar los documentos acreditativos que sustituyan la consulta por parte de la Administración del Principado de Asturias.
Plazos de presentación:
Todo el año
Presentación:
Presentación presencial
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Presentación telemática
En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano gestor:
Servicio de Estrategia en Inteligencia Artificial, Innovación Administrativa y Publicaciones Oficiales
De los documentos que se deben aportar con la solicitud y que la Administración puede consultar a través de las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, debe enumerar aquéllos para los que ejerce el derecho de oposición.
IMPORTANTE - Puesto que la Administración ya no va a incorporar esos documentos necesarios para la resolución del procedimiento, corresponde al interesado acompañarlos junto con la solicitud del derecho de oposición, a los efectos de que su solicitud no quede incompleta.
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
Solicitud en modelo normalizado
Documentos aportados
Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"