Plantear sugerencias o formular quejas relativas a la prestación de servicios de la Administración del Principado de Asturias o de sus organismos y entes públicos.
Quien lo puede presentar:
Usuarios de los servicios de la Administración del Principado de Asturias.
Plazos de presentación:
Todo el año
Presentación:
Presentación presencial
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Presentación telemática
En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas jurídicassolicitantes están obligadas a relacionarse con la Administración del Principado de Asturias por medios electrónicos.
Órgano gestor:
Servicio de Participación y Atención Ciudadana
Plazo de resolución:
1 Mes
Efecto del silencio administrativo:
No procede
Recursos:
Alzada, Potestativo de resolución y Extraordinario de revisión
Una sugerencia es la manifestación o declaración de un ciudadano en la que transmite una idea con la que pretende mejorar los servicios que presta la Administración del Principado de Asturias o sus organismos y entes públicos, o alguno de sus procesos, o bien solicita la prestación de un servicio o actuación no previsto o no ofrecido.
Queja
Una queja es la exposición de una incidencia durante la prestación de un servicio por parte de la Administración del Principado de Asturias o sus organismos y entes públicos, que produce en la persona que reclama la percepción de ineficacia o de actuación inadecuada y requiere de una respuesta.
Plazos
El interesado recibirá constancia de la presentación de la sugerencia o queja y del trámite que se dé a la misma en el plazo de 7 días.
En el plazo de un mes se comunicará al interesado el informe emitido por el órgano o unidad afectada.
Documentos aportados en virtud del art. 28 de la Ley 39/2015, en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documentos que estime conveniente"