AYUD0069T01 - Implantación de sistemas de producción centralizada de calor o frío (DISTRICT HEATING)
Implantación de sistemas de producción centralizada de calor y/o frío("District Heating")
Empresas privadas o públicas que presten servicios energéticos (proveedoras de servicios energéticos), que cumplan los siguientes requisitos:
- Para poder obtener la condición de beneficiario de estas ayudas, las empresas proveedoras de servicios energéticos deberán haber presentado la declaración responsable señalada en el art. 9 del Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, por el que se transpone la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de octubre de 2012, relativo a la eficiencia energética.
- Condiciones técnicas de las actuaciones:
- Las instalaciones a subvencionar deberán ser ejecutadas por:
- Instalaciones eléctricas: Empresas instaladoras en baja tensión, conforme a lo especificado en la ITC-BT-03 del Real Decreto 842/2002 de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, y/o empresas instaladoras para instalaciones de alta tensión conforme a lo especificado en la ITC-RAT 21 del Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23.
- Instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria: Empresas de instalaciones térmicas en edificios, conforme a lo especificado en el capítulo VIII del Real Decreto 1027/2007 por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios (RITE), cuando este resulte de aplicación.
- Al finalizar la ejecución de las actuaciones subvencionadas, el instalador, en cada caso, emitirá los correspondientes certificados de instalación y procederá a realizar los oportunos trámites a fin de registrar las mismas ante la Administración.
- Las instalaciones geotérmicas cumplirán, además, con lo establecido en la vigente la Ley de Minas, y su normativa de desarrollo.
- En el caso de equipos industriales será necesaria la presentación de una Declaración Responsable que garantice tanto el adecuado funcionamiento y mantenimiento del equipo como el cumplimiento de sus requisitos de seguridad, comercialización y puesta en servicio conforme a lo establecido en el Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, modificado por el Real decreto 494/2012, de 9 de marzo, por el que se modifica el real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de máquinas, para incluir los riesgos de aplicación de plaguicidas.
Desde: 19/01/2021 00:00
Hasta: 18/02/2021 23:59
Las solicitudes se presentarán en el plazo de 1 mes, a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOPA del extracto de la Resolución de la presente convocatoria
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Servicio de Energías Renovables y Eficiencia Energética
3 meses
Potestativo de reposición y Extraordinario de revisión
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ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
En función de la tecnología de la instalación de producción de energía térmica:
- Instalaciones que cuenten con centrales para producción de energía térmica (calor y/o frío) utilizando calderas de biomasa.
- Instalaciones que cuenten con sistemas basados en intercambio geotérmico para producción de energía térmica (calor y/o frío) utilizando bombas de calor que intercambien con agua de mina.
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JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN Y PAGO
- La subvención se hará efectiva al beneficiario previa justificación del cumplimiento de la finalidad para la que fue solicitada y concedida.
- El beneficiario de la subvención está obligado a presentar los documentos acreditativos de la efectiva realización del gasto subvencionado en el plazo que señale la convocatoria, así como facilitar las comprobaciones oportunas encaminadas a garantizar la correcta realización de la actuación subvencionada.
- Se presentará el modelo de cuenta justificativa que figura como anexo a la convocatoria.
- Será imprescindible aportar copia del contrato establecido entre la empresa proveedora de servicios energéticos y el receptor del servicio energético, para el desarrollo del mismo, según las condiciones establecidas en la base decimotercera de las reguladoras de estas subvenciones.
- Para justificar ejecución parcial en el caso de pagos fraccionados, se deberán aportar, certificación del grado de ejecución de la obra por técnico competente, así como, al menos, tres fotografías que muestren el estado de las obras en la correspondiente localización.
- Para justificar el fin de las obras, se aportará certificación de técnico competente, así como, al menos, tres fotografías que muestren el estado final de las obras en la correspondiente localización, así como acta de recepción de las instalaciones relativas a la actuación objeto de la subvención, firmada por la empresa instaladora y por el titular y según el modelo que se podrá descargar en esta sede electrónica de la Administración del Principado de Asturias.
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CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES
La cuantía se determinará para cada caso según se especifica en la base quinta y de acuerdo con los criterios de valoración especificados en la base décima.
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ADJUDICACIÓN
Se adjudicarán, una vez evaluada la documentación necesaria de todas las solicitudes y dentro del crédito disponible, a aquellas solicitudes que hayan obtenido mayor valoración en la aplicación de los criterios establecidos en la base reguladora décima.
- Solicitud en modelo normalizado
- Documentación técnica que incluirá, por este orden: - Memoria técnica debidamente firmada, en la que se incluya una descripción de las actuaciones concretas a realizar, evaluación de la contribución de la actuación subvencionada a la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, presupuesto desglosado por unidades de obra en el que se detallen de forma separada los conceptos y costes subvencionables, planos y esquemas, siguiendo el índice que se incluye como anexo a las bases. - Calendario previsto para los trabajos, declarando expresamente las fechas previstas de inicio y finalización de las obras destinadas a la realización de las actuaciones objeto de subvención
- Tarjeta de identificación fiscal de la entidad solicitante
- Así como poder bastante en derecho que acredite las facultades de representación del firmante/s de la solicitud para actuar en nombre de la persona jurídica solicitante
- Además se aportarán estatutos actualizados de la entidad solicitante
- En caso de no estar dados de alta en la base de terceros del Principado de Asturias o pretender un cambio de cuenta bancaria, deberá aportarse fichero de acreedores debidamente cumplimentado según el modelo oficial vigente en la correspondiente convocatoria de subvenciones
- Para acceder al cobro, parcial o total, de la subvención se presentará el modelo de cuenta justificativa que figura como anexo a la convocatoria
- A la finalización de las obras, se adjuntará un acta de recepción de las instalaciones relativas a la actuación objeto de la subvención firmada por la empresa instaladora y por el titular, según el modelo que se podrá descargar desde esta sede electrónica
- Copia del último recibo del impuesto sobre actividades económicas IAE
- O alta en el impuesto en caso de estar exentos del pago
- Copia del último resumen anual del impuesto sobre el valor añadido (IVA)
- O de ser el caso copia de la declaración de IRPF por módulos, salvo que conste acogido al régimen especial de recargo por equivalencia en cuyo caso quedará exento de presentar la declaración de IVA
- DNI o documento correspondiente que acredite la identidad de la persona/s firmante/s de la solicitud
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social. Este certificado deberá ser presentado de nuevo con la justificación de la ayuda o, en su caso, con la solicitud de pago anticipado
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado. Este certificado deberá ser presentado de nuevo con la justificación de la ayuda o, en su caso, con la solicitud de pago anticipado
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Este certificado deberá ser presentado de nuevo con la justificación de la ayuda o, en su caso, con la solicitud de pago anticipado
- Copia simple de poderes notariales
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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