AYUD0004T02 - Subvención para sistemas geotérmicos destinados a la producción de energía térmica (calor o frío)

Finalidad:

Obtener ayudas económicas para las nuevas instalaciones, o la reforma o ampliación de las existentes, que utilicen sistemas que, por medio de bombas de calor, realicen un intercambio geotérmico para la producción de energía térmica (calor y/o frío). Se admiten sistemas de captación horizontal o vertical, y sistemas de intercambio en circuito abierto o cerrado.

Quien lo puede presentar:

Empresas privadas, trabajadores autónomos, particulares, entidades sin ánimo de lucro o comunidades de propietarios, que cumplan los siguientes requisitos: 

  • Instalar un contador que mida la energía eléctrica consumida por el sistema.
  • De acuerdo con lo establecido en el RITE, las instalaciones deberán:
    • Estar equipadas con un sistema de contabilización para que el usuario conozca su consumo de energía.
    • Contar con un sistema de contabilización de consumos que permita el reparto de gastos en función del consumo entre distintos usuarios, cuando se trate de edificios de viviendas que cuenten con una instalación térmica centralizada.

(El sistema de contabilización de la energía a que hace referencia el primer punto del párrafo anterior, debe ser independiente del que pueda tener el elemento generador de energía térmica).

Plazos de presentación:

Desde: 12/04/2024 00:00

Hasta: 13/05/2024 23:59

Las solicitudes se presentarán en el plazo máximo de un 1 mes, a contar desde el día siguiente a la publicación del Extracto de resolución en el BOPA.

Presentación:

Presentación presencial 

  • Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas 

Presentación telemática 

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace¿Tramitación Registro Electrónico¿de esta misma página. 
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado¿ 
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias.

Órgano gestor:

Servicio de Energías Renovables y Eficiencia Energética.

Plazo de resolución:

4 meses

Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Recursos:

Potestativo de reposición y Extraordinario de revisión

Información adicional:
  1. DATOS PARA CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD

    • Código DIR: A03003934.
    • Órgano al que se dirige: Sra. Consejera de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico.
  2. CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN

    La cuantía de la subvención será de hasta el 25% del gasto subvencionable, y en ningún caso superará el importe máximo que aparece a continuación.

    LÍNEA DE SUBVENCIÓN

    IMPORTE MÁXIMO DE AYUDA

    Circuito cerrado

    Sondeo vertical

    225 €/kW

    Enterrado horizontal

    125 €/kW

    Circuito abierto

    75 €/kW

    Sistema de medición de energía eléctrica consumida

    50 €

    Sistema de medición de energía térmica producida subvencionable

    100 €

  3. GASTOS SUBVENCIONABLES

    • Gastos relativos a la redacción del proyecto de sondeos.
    • Gastos relacionados con la obra civil para la realización de cimentaciones, zanjas, excavaciones, movimientos de tierra, perforación de sondeos, y reinyección.
    • Coste de adquisición de los elementos de captación del recurso geotérmico: tuberías, fluido caloportador y colectores de la parte de captación de la instalación.
    • Coste de adquisición del contador de la energía eléctrica consumida y del sistema de medición de la energía térmica producida independiente del elemento generador de la energía térmica.

CRITERIOS DE VALORACIÓN

Para la valoración de las solicitudes de esta línea se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

CRITERIO DE VALORACIÓN

PUNTUACIÓN

Actuación realizada con la participación de proveedores de servicios energéticos

1

Actuación finalizada(1) con registro definitivo de instalación(2)

2

Actuación finalizada con solicitud de registro de la instalación

1

En función del porcentaje de ejecución(3):

 

75%< %ejecución <=100%

2

50%< %ejecución <=75%

1,5

25%< %ejecución <=50%

1

0%<= %ejecución <=25%

0,5

(1)Actuaciones finalizadas: todas aquellas cuyo porcentaje de ejecución sea del 100% a fecha del fin de plazo de presentación de solicitudes.

(2)El registro de la instalación se refiere al registro del certificado de la instalación por el órgano competente de esta comunidad autónoma, de acuerdo con la normativa de aplicación a cada instalación.

(3)Si la actuación no se ha iniciado a fecha de presentación de solicitudes el porcentaje de ejecución será 0%. Si la actuación se ha finalizado antes de dicha fecha, el porcentaje de ejecución será el 100%.

INFORMACIÓN ADICIONAL 

SERVICIOS RELACIONADOS  

 

Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Solicitud en modelo normalizado
  • Ficha de acreedores. (En caso de no estar dados de alta en la base de terceros del Principado de Asturias o pretender un cambio de cuenta bancaria)
  • Memoria técnica, debidamente firmada, que según el tipo de actuación incluya: descripción de las actuaciones concretas a realizar, calendario previsto para los trabajos de ejecución de la instalación, cálculos, diagramas de funcionamiento y esquemas de proceso, plano de ubicación geográfica de la actuación y planos detallados de la instalación con indicación de la ubicación de los elementos principales, presupuesto desglosado por unidad de obra en el que se detallen de forma separada los conceptos y costes subvencionables. Documentación específica que se recoge en los subapartados siguientes: - Balance energético, indicando las cargas energéticas mensuales en la instalación y la energía aportada mensualmente por la instalación geotérmica y determinación de la potencia necesaria. - Esquemas hidráulicos. - Características técnicas de los principales elementos integrantes de la actuación, especialmente de la bomba de calor a emplear, presentando declaración CE de conformidad del fabricante del equipo. - Características técnicas de los elementos del sistema de medición de la energía eléctrica consumida y la energía térmica producida a emplear, presentando declaración CE de conformidad de los fabricantes de los equipos. - Justificante de la autorización del proyecto de sondeos a que se hace referencia en el párrafo segundo del punto 1.2.1 de la base tercera.
En el caso de sistemas de captación vertical:
  • Proyecto de sondeos aprobado por la Dirección General competente en materia de minería, de acuerdo con la normativa de aplicación en la materia
En caso de empresas privadas, además:
  • Copia de la tarjeta de identificación fiscal
  • Copia de la escritura pública de constitución
  • Certificado de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (I.A.E.)
  • Poder bastante en derecho que acredite las facultades de representación del firmante de la solicitud para actuar en nombre de la empresa solicitante
En caso de autónomos, además:
  • Certificado de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (IAE)
En caso de entidades sin ánimo de lucro, además:
  • Copia de la resolución de inscripción de la persona jurídica en el registro correspondiente, en su caso
  • Copia de los estatutos actualizados de la entidad solicitante
  • Copia de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad solicitante
  • Poder bastante en derecho que acredite las facultades de representación del firmante de la solicitud para actuar en nombre de la entidad solicitante.
En caso de comunidades de propietarios, además:
  • Copia de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad solicitante
  • Poder bastante en derecho que acredite las facultades de representación del firmante de la solicitud para actuar en nombre de la comunidad de propietarios solicitante
En caso de actuaciones en ejecución, además:
  • Certificación del grado ejecución de la instalación, por técnico competente
  • Al menos, 3 fotografías que muestren el estado de las obras en la correspondiente localización
En caso de actuaciones finalizadas, además:
  • Documentación justificativa señalada en la base decimotercera
  • Acta de recepción de las instalaciones relativas a la actuación objeto de la subvención firmada por la empresa instaladora y por el titular (según el modelo normalizado)
En caso de oposición a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración:
  • Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español
  • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
  • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado
  • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
Documentos aportados
  • Descripción extendida: Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

Comprueba los requisitos técnicos para realizar la solicitud

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