AUTO0009T01 - Concesión de licencia de pesca marítima de recreo
Finalidad:
Obtener autorización para el ejercicio de la actividad de pesca de recreo en el litoral del Principado de Asturias
Quien lo puede presentar:
Aquellas que hayan cumplido 18 años o cuenten con autorización de quien ostente la patria potestad o la representación legal para la obtención de la licencia en caso de menores de esa edad
Plazos de presentación:
Todo el año
Presentación:
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Órgano gestor:
Servicio de Ordenación Pesquera
Plazo de resolución:
1 mes
Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Recursos:
Potestativo de reposición y Extraordinario de revisión
Tarjeta acreditativa del Número de Identificación Fiscal
Justificante del abono de la correspondiente tasa
Licencia submarina
Certificado médico oficial en el que expresamente se señale la aptitud física para realizar dicha actividad
Seguro de accidentes y responsabilidad civil que cubra los incidentes en que pudiese incurrir el titular de la licencia durante el período de validez
Embarcaciones de 6ª lista
Indicación del número de personas para las que solicita el servicio
Rol de la embarcación
Certificado de navegabilidad
Documentos aportados
Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"