AYUD0028T01 - Subvención para actuaciones de interés en materia de seguridad y salud laboral

Finalidad:

Obtener ayudas económicas para promover e impulsar la celebración de congresos, seminarios, jornadas técnicas, cursos y actos de carácter divulgativo, así como publicaciones que persigan la promoción de la prevención de los riesgos laborales y que tengan lugar en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.

Quien lo puede presentar:

Quienes cumplan los siguientes requisitos:

  • Entidades de derecho público o privado que estén legalmente constituidas y que carezcan de fines de lucro, con excepción de las Administraciones Públicas contempladas en el artículo 2.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que cumplan con los requisitos y las obligaciones establecidas en las Bases Reguladoras que rigen estas ayudas y demás normativa reguladora de las subvenciones.
  • Que la entidad no se encuentra sancionada penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni se halla incursa en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, y cumple las obligaciones para ser beneficiaria, todo ello de conformidad con los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Que la entidad no ha sido condenada mediante sentencia firme por cometer delitos contra la seguridad y salud laboral o sancionada con carácter firme por cometer infracción administrativa muy grave en dicha materia en el periodo de 5 años anteriores a la fecha de la presente convocatoria.
Plazos de presentación:

Desde: 24/04/2024 00:00

Hasta: 15/05/2024 23:59

Quince días a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias

Presentación:

Las solicitudes se podrán presentar:

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do  
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano gestor:

Secretaría del Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales.

Plazo de resolución:

Seis meses, contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y teniendo en cuenta el principio de anualidad presupuestaria.

Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Recursos:

Alzada.

Información adicional:

SOLICITUDES

  • Las solicitudes de subvención se ajustarán al modelo disponible en el apartado de Documentación relacionada de esta misma ficha.
  • El formulario de solicitud acompañado de la documentación exigida se presentará electrónicamente según el modelo normalizado, por cualquiera de los medios establecidos en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública. Si alguna de las entidades solicitantes presenta la solicitud presencialmente, será requerida para que subsane mediante su presentación electrónica. A estos efectos se considerará como fecha de presentación aquella en la que haya sido realizada la subsanación.

CUANTÍA

  • El beneficiario deberá solicitar como mínimo 3 ofertas de diferentes proveedores cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 15.000 €.
  • La cuantía de la ayuda será del 75% del presupuesto subvencionable, con un importe máximo, en todo caso, de 5.000 €.

GASTOS SUBVENCIONABLES

  • Organización de congresos, seminarios, jornadas técnicas, cursos y actos de carácter divulgativo en materia de prevención de riesgos laborales.
  • Edición y publicación de material divulgativo con contenido preventivo.
  • En ningún caso se considerarán como gastos subvencionables derivados de la organización o los trabajos de edición o publicación las retribuciones del personal vinculado laboralmente a la entidad beneficiaria.
  • En ningún caso será subvencionable el IVA no definitivamente soportado o recuperable por cualquier medio por la entidad beneficiaria de la subvención.
  • Las actuaciones subvencionables deberán llevarse a cabo entre el 1 de enero de 2024 y el 30 de noviembre de 2024.

CRITERIOS DE VALORACIÓN

  • Repercusión, relevancia e interés objetivo de la actividad a desarrollar, en relación con los objetivos y fines del Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales.
  • Experiencia de la entidad en la organización de actividades de difusión en materia preventiva.
  • Incidencia del proyecto en colectivos que requieren de especial atención en materia preventiva, con mención especial a los recogidos en los acuerdos de concertación.
  • Grado de difusión de la actividad.

JUSTIFICACIÓN

  • El último día para la presentación de la documentación acreditativa de los gastos subvencionables será el 10 de diciembre de 2024.

COMPATIBILIDAD

  • Las presentes subvenciones son incompatibles con cualesquiera otras ayudas públicas que tengan la misma finalidad.
  • La resolución será publicada en el BOLETÍN OFICIAL del Principado de Asturias, surtiendo los efectos propios de la notificación de la misma.

FICHA  ACREEDORES

La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores

Documentos a presentar:
Documentos requeridos
    Documentación administrativa:
    • Solicitud en modelo normalizado.
    • Copia de los estatutos de la entidad solicitante y modificaciones posteriores que pudieran existir, en su caso.
    • Ficha de Acreedores del Principado de Asturias debidamente cumplimentada. Se ajustará al modelo disponible en el apartado de Información adicional adicional de esta misma página.
    Documentación técnica:
    • Memoria descriptiva de la actividad y objeto de la entidad solicitante en la que se acredite que reúne las condiciones de solvencia y eficacia para realizar la actividad objeto de ayuda. Entre dichas condiciones deberán destacarse la experiencia en organización de actividades similares a la actividad propuesta.
    • Memoria detallada en que se concretarán las actividades objeto de subvención.
    Justificación de la subvención:
    • Cuenta justificativa, según modelo normalizado.
    • Facturas definitivas.
    • Justificantes de pago.
    • Memoria final de la actuación subvencionada.
    Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
    • Documento acreditativo de la representación legal de quien suscribe la solicitud (copia de la escritura pública de apoderamiento del representante legal).
    • Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español, de la persona representante legal
    • Tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal de la entidad solicitante.
    • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
    • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
    • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
    Documentos aportados
    • Documentos aportados en virtud del art. 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente".

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