RECE0026T02 - Comunicación de inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Comerciales de actividad comercial sin establecimiento permanente

Finalidad:

Comunicar al Registro de Empresas y Actividades Comerciales del Principado de Asturias (REAC) el inicio de una actividad comercial, de carácter minorista o mayorista, sin establecimiento permanente, en el plazo de 3 meses desde que se produzca el hecho causante.

Quien lo puede presentar:

Personas físicas y jurídicas que ejerzan actividad comercial en el Principado de Asturias y cumplan los siguientes requisitos:

  1. Iniciar una actividad comercial sin establecimiento permanente.

  2. Estar dado de alta en el impuesto de actividades económicas (IAE) e inscrito en un epígrafe de índole comercial minorista o mayorista.

Plazos de presentación:

Todo el año

Presentación:

Presentación presencial

Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias, y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

 

Presentación telemática

En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.

A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado 

En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Órgano gestor:

Servicio de Gestión y Calidad Comercial

Plazo de resolución:

3 meses

Efecto del silencio administrativo:
Estimatorio
Recursos:

Potestativo de reposición

Información adicional:

ACTIVIDADES ECONÓMICAS SIN ESTABLECIMIENTO PERMANENTE

  • Venta ambulante 
  • Venta a domicilio 
  • Ventas a distancia
  • Ventas automáticas 
  • Ventas ocasionales 
  • Ventas mediante subasta pública
Nivel de identificación del solicitante:
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Formulario de comunicación
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
  • En caso de personas físicas: Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o Tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español
  • En caso de persona jurídica: Documento acreditativo del número de identificación fiscal
  • Certificado de alta en una actividad económica de carácter comercial, minorista o mayorista
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

Comprueba los requisitos técnicos para realizar la solicitud

Verifica aquí que tu equipo tiene la configuración técnica necesaria para la firma en la solicitud de este servicio.

Verificar

Área Personal

Si no estás registrado hazlo, todo son ventajas. Podrás consultar tus expedientes y realizar tus trámites desde la web.

Registrarme

Contacta