RECE0026T02 - Comunicación de inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Comerciales de actividad comercial sin establecimiento permanente
Comunicar al Registro de Empresas y Actividades Comerciales del Principado de Asturias (REAC) el inicio de una actividad comercial, de carácter minorista o mayorista, sin establecimiento permanente, en el plazo de 3 meses desde que se produzca el hecho causante.
Personas físicas y jurídicas que ejerzan actividad comercial en el Principado de Asturias y cumplan los siguientes requisitos:
-
Iniciar una actividad comercial sin establecimiento permanente.
-
Estar dado de alta en el impuesto de actividades económicas (IAE) e inscrito en un epígrafe de índole comercial minorista o mayorista.
Todo el año
Presentación presencial
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias, y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Presentación telemática
En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado
En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Servicio de Gestión y Calidad Comercial
3 meses
Potestativo de reposición
- Ley 9/2010, de 17 de diciembre, de comercio interior
- Decreto 90/2014, de 22 de octubre, por el que se regula el Registro de Empresas y Actividades Comerciales del Principado de Asturias
- Resolución de 11 de diciembre de 2014, de la Consejería de Economía y Empleo, por la que se aprueban los modelos de comunicación obligatoria de datos al Registro de Empresas y Actividades Comerciales del Principado de Asturias
ACTIVIDADES ECONÓMICAS SIN ESTABLECIMIENTO PERMANENTE
- Venta ambulante
- Venta a domicilio
- Ventas a distancia
- Ventas automáticas
- Ventas ocasionales
- Ventas mediante subasta pública
- Formulario de comunicación
- En caso de personas físicas: Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o Tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español
- En caso de persona jurídica: Documento acreditativo del número de identificación fiscal
- Certificado de alta en una actividad económica de carácter comercial, minorista o mayorista
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
-
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