B_SOL_02 - Aporte de documentos a la Administración del Principado de Asturias

Finalidad:

Aporte de documentación a la Administración

Quien lo puede presentar:

Cualquier persona que conste en el expediente como interesada

Plazos de presentación:

En cualquier momento puede aportar nuevos documentos al expediente siempre antes de la resolución definitiva del asunto.

En caso de responder a un requerimiento de la Administración del Principado de Asturias deberá realizar la aportación en los plazos indicados en el requerimiento remitido.

En el caso de no realizar el trámite en el tiempo establecido en el requerimiento o en el plazo establecido en la norma, el órgano de la Administración del Principado de Asturias  podrá declarar la caducidad del expediente por entenderse que ha desistido de su petición (Art. 95 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,  del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas) y se procederá al cierre del mismo.

Órgano gestor:

Órgano al que se dirige la solicitud, el escrito o la comunicación.

Plazo de resolución:

No aplica

Efecto del silencio administrativo:
No procede
Recursos:

No aplica

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