Consultoría, implantación en el exterior y formación.
Además de las anteriores y exclusivamente para el programa COOPERA:
Gestión.
Para el programa BREXIT serán subvencionables únicamente los conceptos de:
Consultoría.
Viajes comerciales.
REQUISITOS DEL PROYECTO
Requisitos comunes a los programas PINT, COOPERA y BREXIT:
Importe subvencionable mayor o igual a 2.000 €.
En el momento de la presentación de la ayuda, los proyectos podrán estar iniciados, pero necesariamente tendrán que concluirse en fecha posterior.
Los proyectos deberán enmarcarse en alguno de los epígrafes del IAE recogidos en el listado del anexo VII
Los proyectos deberán ser viables técnica, económica y financieramente, siendo coherentes con el perfil de actividad, trayectoria y capacidad del solicitante
Periodo de realización del proyecto:
Programas PINT y BREXIT: entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020.
Programa COOPERA: 12 meses de acuerdo con el informe de validación de ASTUREX.
Obligatorio informe de validación emitido por ASTUREX para los programas:
COOPERA.
BREXIT
CUANTÍA
Para el programa PINT: hasta el 50% del gasto subvencionable, con un máximo de 35.000 € por beneficiario .
Para el programa COOPERA, dependiendo de la modalidad de cooperación:
Estructuras de cooperación no constituidas formalmente (ECNCF): hasta el 50% por 3 periodos, con un máximo de 6.000 € por empresa.
Consorcios: hasta el 60% los 3 primeros periodos, con un máximo de 36.000 € / hasta el 50% los 2 siguientes con un máximo de 30.000 €.
Para el programa BREXIT: hasta el 50% del gasto subvencionable con un máximo de 12.500 € por beneficiario.
BENEFICIARIOS
En el programa PINT:
Autónomos y PYMES (excluidas CB).
Antigüedad mínima a fecha 01/01/2020 de 1 año (salvo participación en programas de ASTUREX).
En el programa COOPERA:
Consorcios o ECNCF con un mínimo de 3 empresas asturianas no vinculadas entre si que representen al menos el 75% de los integrantes.
Las empresas integrantes del consorcio o ECNCF deberán ser PYMES (excluidos autónomos y C.B.).
Las empresas que formen la ECNCF deberán tener una antigüedad mínima de 1 año a fecha 01/01/2020 (no será exigible para aquellas que participen en programas de ASTUREX)
En el programa BREXIT:
Autónomos y PYMES (excluidas CB).
Antigüedad mínima a fecha 01/01/2020 de 1 año.
Tener filial en Reino Unido o haber exportado al Reino Unido en 2018 y/o 2019.