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Asturias.es Sede Electrónica Servicios y trámites Servicio Informativo Subvenciones dirigidas a empresas de base tecnológica (EBT)
Obtener ayudas en régimen de concurrencia competitiva para fomentar la creación y el desarrollo de empresas de base tecnológica.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES
Los proyectos se podrán encuadrar en dos fases:
Las EBT que hubieran disfrutado de ayudas de la Fase I, una vez finalizada ésta, podrán solicitar ayudas de la Fase II en la convocatoria correspondiente. Por otra parte, las empresas sólo podrán disfrutar una vez de estas ayudas en cada una de las fases.
GASTOS SUBVENCIONABLES
FASE I:
FASE II:
CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN
La inversión subvencionable en los proyectos de la Fase I no podrá superar 10 veces el capital social o capital social más prima de emisión o asunción desembolsado íntegramente mediante aportaciones dinerarias inscrito en el registro correspondiente antes de la presentación de la solicitud, ni los 120.000 €. En estos proyectos la intensidad de la ayuda será del 75%.
La inversión subvencionable en los proyectos de la Fase II no podrá superar 6 veces el capital social o capital social más prima de emisión o asunción desembolsado íntegramente mediante aportaciones dinerarias inscrito en el registro correspondiente antes de la presentación de la solicitud, ni los 60.000 €. En estos proyectos la intensidad de la ayuda será del 50%.
BENEFICIARIOS
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las pequeñas empresas que cumplan los siguientes requisitos:
Quedan excluidos los empresarios individuales o autónomos, las comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las asociaciones, fundaciones y en general las entidades sin ánimo de lucro.
Desde:
Hasta:
20/09/2019 El plazo de presentación de solicitudes será hasta las 14:00 h, hora peninsular en España.Código: 201300066
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