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Obtener la autorización y visado de tarjetas de transporte público discrecional de viajeros en autobús (VD).
Con carácter general:
Vehículos:
Para nuevas altas se deberá acreditar que se dispone de al menos 1 autobús en propiedad o en régimen de arrendamiento financiero tipo "leasing" u ordinario, que no tengan más de 2 años de antigüedad contados desde su primera matriculación.
Capacidad económica de la empresa:
Las empresas titulares deberán contar con una capacidad económica de 9.000 euros para el primer vehículo y 5.000 euros para cada uno de los restantes. La acreditación se realizará:
a) Propiedad o arrendamiento financiero.
b) Arrendamiento ordinario contratado por un plazo no inferior 24 meses.
Si no se dan estas circunstancias, deberá acreditar que o bien dispone de una garantía prestada por una entidad financiera o de seguros o que una entidad financiera acredite que la empresa tiene acceso a crédito hasta la cuantía que corresponda en función del número de vehículos para los que solicite autorización.
Competencia profesional:
Ha de quedar acreditado que la empresa cuenta en todo momento con una persona física que ejerce las funciones de gestor de transporte.
Cumplir el requisito de honorabilidad, para lo que habrá que atenerse exclusivamente a los datos obrantes en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte y en el Registro Europeo de Empresas de Transporte por Carretera.
Justificación de abono de la tasa correspondiente.
La empresa deberá cumplir y acreditar, salvo que autorice a la administración a comprobar los datos en los registros oficiales, lo relativo a:
SOLICITUD
La solicitud debe realizarse en la sede electrónica del Ministerio de Fomento.
Para iniciar la solicitud será imprescindible haber abonado anteriormente la tasa correspondiente.
VIGENCIA Y VISADO
La validez de la autorización no tiene un plazo prefijado, si bien queda condicionada a la comprobación periódica del mantenimiento de las condiciones de obligado cumplimiento, a través del correspondiente visado, que se efectuará cada 2 años, previa solicitud acompañada de documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos y abono de la correspondiente tasa.
DOCUMENTACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN
Las empresas que obtengan el título habilitante para la realización del transporte público discrecional de viajeros en autobús serán inscritas en el Registro General de Empresas y Actividades de Transporte.
Código: 20022861