Obtener ayudas económicas para facilitar la adaptación laboral del sector textil y de la confección a los cambios estructurales en el comercio mundial.
(Real Decreto 5/2008, de 11 de enero. BOE 21, 24 de enero de 2008).
Ser trabajador (o su representante legal) y cumplir lo que se especifica en el Real Decreto 5/2008, de 11 de enero (BOE nº 21, 24 de enero de 2008), para cada tipo de subvención:
Solicitud en modelo normalizado.
Certificado de la entidad que desarrolla la acción de orientación en el que se haga constar los períodos de permanencia en el mismo de la persona solicitante de la ayuda.
Ficha de acreedores.
Para subvenciones para facilitar la movilidad geográfica, además:
Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.
Certificado de empadronamiento u otra documentación que acredite el cambio de domicilio.
TIPOS DE SUBVENCIÓN
Búsqueda de empleo: desde el inicio de la primera acción de orientación y hasta 3 meses desde esa fecha.
Movilidad geográfica: desde la fecha de la contratación y hasta 3 meses desde esa fecha.
Inserción laboral de los trabajadores de 52 o más años: desde la fecha de la contratación y hasta 3 meses desde esa fecha.
Para los trabajadores de 55 o más: desde la fecha de extinción por agotamiento de la prestación por desempleo de nivel contributivo y hasta 3 meses desde esa fecha.
Código de este servicio: 200850725
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