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Obtener ayudas económicas para la realización de proyectos de actividades culturales de interés regional y acciones de formación y movilidad promovidas por particulares, fundaciones y asociaciones.
Ser asturiano o residente en el Principado de Asturias, asociación cultural o fundación cultural privada que tenga su domicilio social en el Principado de Asturias y que desarrolle principalmente su actividad en esta comunidad autónoma.
En el caso de asociaciones:
En el caso de fundaciones:
Estar al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
Haber terminado las actividades el 25 de octubre de 2018.
Mantener las actividades para los que se solicite la ayuda claramente desvinculados de cualquier otro evento que pueda distorsionar o minorar su interés intrínseco.
Los proyectos subvencionables serán los realizados, además de durante el ejercicio de la correspondiente convocatoria, hasta la fecha máxima fijada por la misma, en los meses de noviembre y diciembre del ejercicio inmediatamente anterior.
(*) Solicitud en modelo normalizado.
Si se trata de asociación o fundación, además:
Si alguno de estos documentos ya está en poder de la Administración y no ha sufrido cambios, se presentará certificación del secretario de la entidad de que no existen modificaciones (*).
Proyecto paginado y detallado de la actividad para el que se solicita la subvención, que justifique el objeto, calendario y desarrollo de la misma, argumentando la condición de interés regional. (Podrá reflejar cualquier otro elemento que el peticionario considere de interés para una mejor valoración del proyecto).
Además:
Presupuesto equilibrado y firmado que incluya las partidas que lo integran recogiendo los gastos e ingresos de la actividad para la que se solicita ayuda. El presupuesto recogerá la aportación económica de la entidad para el desarrollo de la actividad.
Cantidad solicitada por el peticionario. (Esta no debe exceder del 50% del presupuesto total del proyecto).
Plan para llevar a cabo la obligación de adoptar las medidas de difusión consistentes en dar la adecuada publicidad, por parte de los beneficiarios, del carácter público de la financiación de programas, actividades, inversiones o actuaciones de cualquier tipo que sean objetivo de subvención.
En el caso de que la subvención se conceda una vez realizada la actividad, el beneficiario deberá reflejar los carteles, materiales impresos, medios electrónicos o audiovisuales, o bien proponer medidas de difusión para el caso de que el proyecto sea subvencionado.
(*) En caso de que el solicitante esté incluido en el ámbito de aplicación del Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión o a otros reglamentos de mínimis:
(*) Ficha de acreedores. Este documento solo será necesario cuando los datos requeridos no obren ya en esta Administración o haya habido modificaciones en los mismos.
Si se trata de un peticionario individual, además:
Cuenta justificativa (modelo de relación de gastos e ingresos).
Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
Certificación justificativa del cumplimiento de obligaciones tributarias estatales expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Certificación justificativa del cumplimiento de obligaciones tributarias autonómicas con la Hacienda del Principado.
Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.
Certificado de empadronamiento.
(*)SOLICITUD TELEMÁTICA
Si se realiza la solicitud por medios telemáticos, se debe anexar en formato digital toda la documentación exigida, excepto la señalada con el símbolo (*), que deberá remitirse en formato original presentándola en el Registro General Central de la Administración del Principado de Asturias (c/ Trece Rosas 2, planta plaza, 33005 Oviedo) o a través de los sistemas establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dentro de los 10 días siguientes al día que se indica en el justificante de recepción de la solicitud.
CONCEPTOS NO SUBVENCIONABLES
Los gastos de equipamiento o inversión, las dietas, manutención o atenciones protocolarias.
CRITERIOS DE VALORACIÓN
En caso de proyectos de actividades regionales de interés cultural:
En el caso de acciones de formación y movilidad:
EXCLUSIONES
Desde:
Hasta:
30/04/2018Código: 200298
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