Modificar las Calificaciones Provisionales o Definitivas de las Viviendas Protegidas calificadas para venta y calificarlas en régimen de alquiler.
Contar con Calificación Provisional o Definitiva de Vivienda Protegida en régimen de venta.
Las viviendas no deben haberse vendido a personas físicas.
Las personas arrendatarias deben estar inscritas en el Registro de Demandantes de Vivienda del Principado de Asturias.
Solicitud en modelo normalizado.
Calificación provisional o definitiva de viviendas protegidas.
Los criterios para autorizar las modificaciones se establecen en virtud de Resolución de la Consejera de Bienestar Social y Vivienda de fecha 18 de marzo de 2015.
Registro General de la Administración del Principado de Asturias
CL/ Trece Rosas, s/n - Planta Plaza
33005 - OVIEDO
O cualquiera de los medios establecidos en el art. 38 de la Ley 30/1992, de26 de noviembre.
Código: 201500028