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Resolución de 28 de abril de 2016, de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana, por la que se dispone la ejecución de la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo procedimiento abreviado número 416/2015, interpuesto ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Oviedo.
Antecedentes
En el recurso contencioso-administrativo, procedimiento abreviado n.º 416/2015, interpuesto ante el Juzgado Contencioso Administrativo n.º 4 de Oviedo por la Letrada doña Beatriz López Otero, en nombre y representación de doña Mónica Morla García y don Josep Antón Duaso Pérez, contra sendas Resoluciones de 24 de septiembre de 2015, de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana del Principado de Asturias, por la que se impone sanción disciplinaria a los recurrentes, ha recaído sentencia de fecha 21 de marzo de 2016, la cual ha adquirido firmeza, habiendo por ello de observarse, en orden a su ejecución, los trámites previstos en el art. 26 del Decreto 20/97, de 20 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Servicio Jurídico del Principado de Asturias; en consecuencia,
RESUELVO
Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de la sentencia de referencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
“El Juzgado acuerda desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Letrada doña Beatriz López Otero, en nombre y representación de doña Mónica Morla García y de don Josep Antón Duaso Pérez, contra sendas Resoluciones, de 24 de septiembre de 2015, de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana del Principado de Asturias por las que se desestiman sendos recursos de reposición contra las Resoluciones, de 27 de junio de 2015. Cada parte cargará con sus propias costas.”
Segundo.—Disponer la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Oviedo, 28 de abril de 2016.—El Consejero de Presidencia y Participación Ciudadana.—Por delegación, el Director General de Justicia e Interior (Resolución de 4 de noviembre de 2015. BOPA n.º 259 de 7-XI-2015).—Cód. 2016-04614.