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Edicto. Calendario de pagos de los padrones mensuales de tasas, precios públicos y otros ingresos para el ejercicio 2018.
Edicto
Aprobado por Resolución de la Alcaldía de fecha 18 de diciembre de 2017 el Calendario Fiscal, período voluntario de pago, de las Tasas por Mercados, Ocupación de la vía pública con Quioscos, Aparatos automáticos y otros objetos, de los Precios públicos por Escuela infantil 0-3 años, Cursos de Teatro, Ayuda a domicilio e instalaciones deportivas municipales, y de Otros ingresos (Alquiler de edificios y locales municipales), de cobro periódico mensual para el Ejercicio 2018, se notifica colectivamente los plazos de pago de los correspondientes Padrones, según determina el art. 102.3 de la L.G.T. 58/2003 y el art. 24 del Reglamento General de Recaudación R.D. 939/2005, en los términos siguientes:
Mes/año | Período voluntario de pago | |
---|---|---|
Inicio | Fin | |
ENERO/2018 | 15/02/2018 | 16/04/2018 |
FEBRERO/2018 | 15/03/2018 | 15/05/2018 |
MARZO/2018 | 16/04/2018 | 18/06/2018 |
ABRIL/2018 | 15/05/2018 | 16/07/2018 |
MAYO/2018 | 15/06/2018 | 16/08/2018 |
JUNIO/2018 | 16/07/2018 | 17/09/2018 |
JULIO/2018 | 16/08/2018 | 16/10/2018 |
AGOSTO/2018 | 17/09/2018 | 19/11/2018 |
SETIEMBRE/2018 | 15/10/2018 | 17/12/2018 |
OCTUBRE/2018 | 15/11/2018 | 15/01/2019 |
NOVIEMBRE/2018 | 17/12/2018 | 18/02/2019 |
DICIEMBRE/2018 | 15/01/2019 | 15/03/2019 |
Asimismo, se comunica que 15 días antes de la fecha de inicio del período voluntario de cobro, se abrirá un plazo de información pública de los referidos Padrones, que estarán a disposición de los interesados en la Administración de Rentas y Exacciones de este Ayuntamiento (c/ Trafalgar, 1-1.º, 33900 Langreo) de 9 a 14.00 horas, de lunes a Viernes.
Contra los actos de aprobación de los Padrones y de las liquidaciones incorporadas a los mismos, podrán formular los interesados recurso de reposición dentro del plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública (art. 14.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).
— Forma de pago:
Mediante ingreso en las Entidades Financieras Liberbank, BBVA, Banco Sabadell, Banco Santander, La Caixa, y Caja Rural, con el impreso que se enviará al domicilio de los contribuyentes que no tengan domiciliados sus pagos.
Este envío no tiene carácter de notificación ni es determinante de la obligación de pago. Por tanto, si transcurrido la mitad del plazo de ingreso no se recibiera el impreso, deberá solicitar un duplicado del mismo en el Negociado de Rentas y Exacciones de este Ayuntamiento sito en c/ Trafalgar, 1-1.º, 33900 Langreo, de lunes a Viernes, de 9 a 14.00 Horas, donde podrá domiciliarlo para períodos sucesivos o en el Negociado de Recaudación (a 25.2 del R.G.R. 939/2005 de 29 de julio).
Finalizado el período voluntario de pago, se iniciará el período ejecutivo que dará lugar al recargo de apremio ordinario del 20% del importe de la deuda no ingresada, más los intereses de demora y las costas correspondientes.
No obstante, se aplicará el recargo ejecutivo del 5% cuando se satisfaga la totalidad de la deuda antes de la notificación de la providencia de apremio, y el recargo de apremio reducido del 10% si se satisface antes de la finalización de plazo previsto en el art. 62.5 de la Ley General Tributaria para las deudas apremiadas. En ambos casos, recargo ejecutivo y de apremio reducido, no se exigirán los intereses de demora devengados desde el inicio del período ejecutivo (arts. 28 y 161 y ss. de la Ley General Tributaria 58/2003).
Langreo, a 20 de diciembre de 2017.—El Alcalde.—Cód. 2017-14347.