OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE MEDIO RURAL Y COHESIÓN TERRITORIAL
Resolución de 12 de enero de 2022, de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, por la que se aprueba la carta de servicios del Servicio de Estructuras Pesqueras.
El Decreto 61/2014, de 25 de junio, por el que se regulan las cartas de servicios en el ámbito de la Administración del Principado de Asturias, en su artículo 3, las define como documentos en los que cada órgano o unidad informa a la ciudadanía sobre los servicios que presta, los compromisos de calidad que asume y los derechos que asisten a aquella en relación con estos servicios.
Los responsables de su elaboración, gestión y actualización serán los titulares de los órganos o unidades a los que se refieran, correspondiendo su aprobación a la Consejería competente por razón de la materia, mediante resolución, previo informe de la Dirección General de Gobernanza Pública, Transparencia, Participación Ciudadana y Agenda 2030 competente en materia de calidad en la prestación de los servicios públicos.
Al respecto el Servicio de Estructuras Pesqueras de la Dirección General de Pesca Marítima, ha elaborado la carta de servicio de Estructuras Pesqueras del Principado de Asturias, un instrumento de mejora de la calidad de los servicios públicos.
La carta ha sido informada por la Dirección General de Gobernanza Pública, Transparencia, Participación Ciudadana y Agenda 2030, de conformidad con lo establecido en el artículo 6.1 del decreto indicado en fecha 26 de noviembre de 2021.
En consecuencia con lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.4 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, por la presente
RESUELVO
Primero.—Aprobar la carta de servicios del Servicio de Estructuras Pesqueras que figura como anexo a la presente resolución.
Segundo.—Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
En Oviedo, 12 de enero de 2022.—El Consejero de Medio Rural y Cohesión Territorial, Alejandro Jesús Calvo Rodríguez.—Cód. 2022-00241.
Anexo
MISIÓN
El Servicio de Estructuras Pesqueras depende jerárquicamente de la Dirección General de Pesca Marítima, perteneciente a la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, teniendo a su cargo las funciones relativas a los programas de dotación de infraestructuras al sector, y en particular la renovación, modernización y reestructuración de la flota pesquera, las industrias y la acuicultura así como la mejora de la comercialización y la promoción de la calidad; la coordinación y gestión de los fondos europeos relacionados con el sector marítimo y pesquero y la elaboración de planes de diversificación del sector pesquero.
Igualmente desarrollará las funciones que competan a la Dirección General de Pesca Marítima en materia de infraestructuras portuarias pesqueras financiadas por el FEMP.
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL ÓRGANO
Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial (DIR): A03033893
Dirección General de Pesca Marítima (DIR): A03003859
Servicio de Estructuras Pesqueras (DIR): A03003877
Dirección: Avenida Príncipe de Asturias, s/n, 33212 Gijón- Asturias (Centro Integrado de Formación Profesional del Mar, 2.ª planta)
Teléfono: 985312711
Correo electrónico: pesca-asturias@asturias.org
Página web: https://pesca.asturias.es/
Horario de atención al público: 09:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes.
NORMAS QUE REGULAN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Normativa general
— Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
— Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias.
— Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
— Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias.
— Ley 8/1991, de 30 de julio, de Organización de la Administración del Principado de Asturias.
— Decreto 39/2020, de 2 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, modificado por Decreto 50/2021, de 4 de agosto.
Normativa específica
— Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.º 1083/2006 del Consejo.
— Reglamento (UE) n.º 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura.
— Reglamento (UE) núm. 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca.
— Reglamento (UE) núm. 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2021, por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura.
— Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento.
— Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones en el Principado de Asturias, modificado por Decreto 14/2000.
— Real Decreto 1549/2009, de 9 de octubre, sobre ordenación del sector pesquero y adaptación al Fondo Europeo de la Pesca.
SERVICIOS PRESTADOS
— Tramitación y resolución de los procedimientos de convocatorias de ayudas públicas y subvenciones al sector pesquero, en concreto:
Procedimiento | Nombre |
---|
AYUD0058T01 | Ayudas a los armadores y tripulantes de embarcaciones dedicadas a la pesca de Angula de la ría del Nalón, por la paralización temporal de su actividad |
AYUD0059T01 | Ayudas a los mariscadores de la ría de Villaviciosa por la paralización de su actividad extractiva |
AYUD0061T01 | Subvención a las Cofradías de Pescadores que gestionan Planes de Explotación de distintas especies |
AYUD0068T01 | Ayudas para la adaptación de la flota pesquera: compra embarcación por Jóvenes Pescadores |
AYUD0068T02 | Ayudas para la adaptación de la flota pesquera: Salud, Seguridad y condiciones laborales |
AYUD0068T03 | Ayudas para la adaptación de la flota pesquera: Eficiencia Energética y mitigación cambio climático |
AYUD0068T04 | Ayudas para la adaptación de la flota pesquera: sustitución y modernización de Motores |
AYUD0075T01 | Ayudas a la Acuicultura y a los sectores de la Transformación y Comercialización de los productos de la pesca y de la acuicultura |
AYUD0076T01 | Ayudas a Entidades Privadas para la aplicación de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo de los Grupos de Acción Local de Pesca (GALP) |
AYUD0077T01 | Ayudas a Entidades Locales para la aplicación de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo de los Grupos de Acción Local de Pesca (GALP) |
AYUD0079T01 | Ayudas para la financiación de los Costes de Funcionamiento de los Grupos de Acción Local del Sector Pesquero (GALP) |
AYUD0080T01 | Ayudas a Entidades sin Ánimo de Lucro para la aplicación de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo de los Grupos de Acción Local de Pesca (GALP) |
AYUD0264T01 | Subvención a los mariscadores para paliar el impacto económico de la COVID 19 |
AYUD0265T01 | Subvención al sector de la Acuicultura para paliar el impacto económico de la COVID-19 |
AYUD0266T01 | Subvención al sector de la Transformación de productos pesqueros para paliar el impacto económico de la COVID 19 |
AYUD0296T01 | Subvención a Armadores de buques pesqueros y Cofradías de Pescadores para paliar el impacto económico de la COVID 19 |
| Subvención nominativa a la Federación de Cofradías de Pescadores de Asturias para funcionamiento y seguros |
| Fomento de la transferencia de conocimientos entre investigadores y pescadores |
| Cooperación interterritorial de los Grupos de Acción Local de Pesca (GALP) |
| Inversiones en Cofradías de Pescadores para eficiencia energética, protección medio ambiente, seguridad y condiciones de trabajo |
— Tramitación y resolución de los procedimientos de autorización para construcción o modernización de buques pesqueros y de autorización de cambio de motor de buques pesqueros:
Procedimiento | Nombre |
---|
AUTO0139T01 | Autorización de construcción o modernización de buques pesqueros y de autorización de cambio de motor de buques pesqueros |
— Tramitación y resolución de los procedimientos de reconocimiento de Organizaciones de Productores Pesqueros (OPP) y subvenciones a los Planes de Producción y Comercialización de dichas organizaciones.
— Coordinación y gestión de fondos europeos marítimo pesqueros FEMP y FEMPA.
— Información, colaboración y asesoramiento a las Cofradías de Pescadores en materia de inversiones en infraestructuras pesqueras
DERECHOS DE LOS CIUDADANOS
— A conocer, en cualquier momento, el estado de tramitación de los procedimientos en los que tengan la condición de interesados; el sentido del silencio administrativo que corresponda, en caso de que la Administración no dicte ni notifique resolución expresa en plazo; el órgano competente para su instrucción, en su caso, y resolución; y los actos de trámite dictados. Asimismo, también tendrán derecho a acceder y a obtener copia de los documentos contenidos en los citados procedimientos.
— A identificar a las autoridades y al personal al servicio de las Administraciones Públicas bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos.
— A no presentar documentos originales salvo que, de manera excepcional, la normativa reguladora aplicable establezca lo contrario. En caso de que, excepcionalmente, deban presentar un documento original, tendrán derecho a obtener una copia auténtica de éste.
— A no presentar datos y documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, que ya se encuentre en poder de las Administraciones Públicas o que hayan sido elaborados por éstas.
— A formular alegaciones, utilizar los medios de defensa admitidos por el Ordenamiento Jurídico, y a aportar documentos en cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia, que deberán ser tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la propuesta de resolución.
— A obtener información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones vigentes impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes que se propongan realizar.
— A la protección de sus datos de carácter personal y que sean empleados con carácter único y exclusivo para los fines previstos en el procedimiento que se trate.
— A ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los datos de carácter personal.
PRESENTACIÓN DE SUGERENCIAS Y QUEJAS (formas de participación ciudadana)
Los ciudadanos podrán presentar sugerencias (ideas con las que pretende mejorar los servicios que presta la Administración del Principado de Asturias o sus organismos y entes públicos, o alguno de sus procesos, o solicitudes para la prestación de servicios o actuaciones no previstos o no ofrecidos) y quejas (exposición de incidencias durante la prestación de un servicios por parte de la Administración del Principado de Asturias o sus organismos y entes públicos que produce en quien reclama la percepción de ineficacia o de actuación inadecuada y que requiere de una respuesta) a través del formulario correspondiente:
— Por el canal presencial o por correo postal en las Oficinas del Servicio de Atención Ciudadana de Oviedo, Gijón o Avilés, o en cualquiera de los registros y oficinas a que se refiere la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
— Por Internet a través de la sede electrónica de la Administración del Principado de Asturias: www.asturias.es (ficha código SUGE0005T01-Sugerencias y quejas).
COMPROMISOS DE CALIDAD
• Publicar el 80% de las convocatorias de subvenciones ordinarias en el primer semestre del año.
• Resolver las autorizaciones de construcción o modernización de buques pesqueros y de autorización de cambio de motor de buques pesqueros, en un plazo máximo de 5 días hábiles desde la recepción del informe de idoneidad.
• Dar respuesta a las consultas con relación a la gestión y funcionamiento de los fondos europeos marítimos pesqueros FEMP y FEMPA en el plazo de 3 días hábiles.
INDICADORES
• Porcentaje de convocatorias de subvenciones ordinarias al sector pesquero publicadas en el BOPA en el primer semestre del año.
• Número de autorizaciones de construcción o modernización de buques pesqueros y de autorización de cambio de motor de buques pesqueros resueltas en un plazo máximo de 5 días hábiles, desde la recepción del informe de idoneidad.
• Número de consultas, relacionadas con la gestión y funcionamiento de los fondos europeos marítimos pesqueros FEMP y FEMPA, respondidas en el plazo de 3 días hábiles.
MEDIDAS DE SUBSANACIÓN Y MODO DE FORMULAR RECLAMACIONES POR INCUMPLIMIENTO DE LOS COMPROMISOS
Las reclamaciones por incumplimiento de los compromisos declarados en esta carta podrán dirigirse al Servicio de Estructuras Pesqueras.
En un plazo máximo de 30 días naturales, el Servicio de Estructuras Pesqueras, se dirigirá al usuario por el medio que este haya especificado, informando de las causas por las cuales el compromiso no se haya podido cumplir y de las medidas adoptadas, en su caso, para subsanar el incumplimiento denunciado.
El incumplimiento de los compromisos declarados en esta carta en ningún caso dará lugar a responsabilidad patrimonial de la Administración.