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Boletín Nº 130 del jueves 04 de julio de 2024

AYUNTAMIENTOS

DE RIBADESELLA

Anuncio. Extracto de la convocatoria para la concesión de las ayudas correspondientes al Programa de actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio de “El Cobayu”, Ribadesella.

BDNS (Identif.): 771165.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/771165).

Primero.—Beneficiarios:

— Línea 1. Ayudas a comunidades de propietarios en las actuaciones destinadas a la reducción del consumo de energía primaria no renovable del edificio: destinada a las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal o equivalente en normas forales de aplicación.

— Línea 2. Ayudas adicionales para personas en situación de vulnerabilidad económica: destinada a los beneficiarios que cumplan con los criterios de vulnerabilidad aplicables en la ejecución del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio del Principado de Asturias.

Cuando las personas solicitantes sean:

a) Personas físicas, de pertenecer a países terceros deberán tener residencia legal en España.

b) Personas jurídicas, deberán estar debidamente constituidas según la normativa que les resulte de aplicación.

c) En caso de entidades que carezcan de personalidad jurídica propia, con excepción de las comunidades de propietarios, se deberán hacer constar expresamente los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de la subvención a aplicar por cada uno de ellos.

En cualquier caso, deberá nombrarse una persona representante o apoderada única de la agrupación con poderes bastantes.

Segundo.—Objeto:

Financiación de la realización conjunta de obras de rehabilitación en edificios de uso predominantemente residencial y viviendas, incluidas las viviendas unifamiliares dentro del Entorno Residencial de Rehabilitación Programada (ERRP) del barrio de “El Cobayu”, Ribadesella, por las que se obtenga una mejora acreditada de la eficiencia energética (“Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio”).

Tercero.—Bases reguladoras:

Bases reguladoras de la convocatoria para la concesión de ayudas correspondientes al Programa de actuaciones de rehabilitación a nivel del barrio de “El Cobayu”, Ribadesella, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia según se regula en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicadas en la Base Nacional de Subvenciones y en el BOPA.

Cuarto.—Cuantía:

Importe total de la convocatoria: 1.727.794,92 €.

Importe individual máximo línea 1: Según tablas de la cláusula n.º 11 de las bases reguladoras de la convocatoria.

Importe individual máximo línea 2: Según tablas de la cláusula n.º 12 de las bases reguladoras de la convocatoria.

Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de solicitud de la “línea 1. Ayudas destinadas a comunidades de propietarios” se iniciará al día siguiente en que se publique el anuncio de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, y estará abierto por plazo de dos (2) meses.

El plazo de solicitud de la “línea 2. Ayudas adicionales para personas en situación de vulnerabilidad económica” definido en la cláusula 12 se iniciará a partir del día siguiente en que se publique el extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, y estará abierto por plazo de seis (6) meses.

El incumplimiento de estos plazos determinará automáticamente la exclusión de la convocatoria.

No obstante lo anterior, si se produjera el agotamiento del crédito presupuestario con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, el órgano competente para resolver, o quien tenga delegada la competencia, anunciará tal circunstancia mediante la correspondiente publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica municipal, con la consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriormente presentadas.

En Ribadesella, a 27 de junio de 2024.—El Alcalde-Presidente.—Cód. 2024-05725.