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Boletín Nº 84 del martes 30 de abril de 2024

AYUNTAMIENTOS

DE LAS REGUERAS

Anuncio. Liquidación del precio público del servicio de teleasistencia correspondiente al mes de febrero de 2024.

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Confeccionado el padrón de usuarios por el precio público por la prestación del servicio de teleasistencia domiciliaria en el Ayuntamiento de Las Regueras, correspondiente al mes de febrero de 2024 y visto lo dispuesto en las ordenanzas reguladoras del funcionamiento de dicho servicio, así como los expedientes correspondientes a los beneficiarios en los que obran los datos facilitados por los Servicios Sociales Municipales y aprobado por resolución de Alcaldía de 16 de abril de 2024, se expone al público durante el plazo de 15 días, contados a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, durante los cuales podrá ser examinado en las oficinas de la Tesorería Municipal y presentar las reclamaciones y alegaciones que se estimen oportunas.

Notificación:

La exposición al público del padrón producirá los efectos de notificación a cada uno de los interesados de las cuotas liquidables.

Lugar, plazo y forma de ingreso:

Desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOPA y durante un período de dos meses, tendrá lugar la cobranza del citado precio público pudiendo efectuarse los pagos en este Ayuntamiento, en horas de oficina. Si el vencimiento coincide con el día inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

Quienes hayan domiciliado el pago a través de una entidad bancaria se dirigirá a cada una de ellas el cobro de los recibos correspondientes, con la advertencia expresa de que este procedimiento no libera al contribuyente de la obligatoriedad de su ingreso dentro del plazo señalado, si por cualquier motivo el recibo resultase impagado por la entidad bancaria.

Una vez terminado el período voluntario de pago se iniciará el ejecutivo con imposición del recargo del 5%, que será del 10% si el ingreso se hace una vez notificada la providencia de apremio y antes de que finalice el plazo de ingreso de la deuda apremiada, y del 20% más intereses de demora y costas, si el ingreso se efectúa posteriormente (art. 28 de la Ley General Tributaria 58/2003, de 17 de diciembre).

Recursos:

Recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante la Sra. Alcaldesa-Presidenta, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública del citado padrón (art. 14 del R. D. Leg. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales), entendiéndose desestimado si transcurre un mes, desde su interposición, sin notificarse su resolución. Contra la resolución expresa del recurso anterior cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de dicha Jurisdicción, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de dicha resolución.

Si la resolución fuese presunta, el plazo para interponer este recurso será de seis meses, contados a partir del día siguiente en el que se produzca el acto presunto (art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa).

En Las Regueras, a 18 de abril de 2024.—La Alcaldesa.—Cód. 2024-03638.