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Boletín Nº 63 del lunes 01 de abril de 2024

OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
ENTE PÚBLICO DE SERVICIOS TRIBUTARIOS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Resolución de 15 de marzo de 2024, de la Consejería de Hacienda y Fondos Europeos, por la que se dispone la ejecución de la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 6 de Oviedo en el procedimiento abreviado 153/2023, interpuesto por don C. G. M. Expte. REA 507/2022.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 6 de Oviedo ha dictado sentencia de fecha 19 de enero de 2024, en el recurso contencioso-administrativo n.º 153/2023, interpuesto contra la desestimación presunta de la reclamación económico-administrativa formulada frente a Resolución desestimatoria de recurso de reposición presentado contra diligencia de embargo dictada por el Área de Recaudación por el concepto de sanción de tráfico.

La referida sentencia ha adquirido firmeza y en orden a su ejecución han de seguirse los trámites establecidos en el artículo 26 del Decreto 20/1997, de 20 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Servicio Jurídico del Principado de Asturias.

En consecuencia, por la presente,

RESUELVO

Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de la Sentencia de referencia, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

“Que, estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de don C. G. M., contra la desestimación presunta de la reclamación económico-administrativa formulada por el actor frente a la Resolución de fecha 18 de mayo de 2022 dictada por la Jefa del Área de Recaudación del Ente Público Servicios Tributarios del Principado de Asturias, desestimatoria del recurso de reposición presentado contra la diligencia de embargo dictada por el Área de Recaudación por el concepto de sanción de tráfico (expediente 0040000470185), se acuerda:

1.º Declarar la nulidad de la resolución recurrida por estimarla no ajustada a derecho.

2.º Condenar a la Administración demandada a abonar a don C. G. M., la suma de las cantidades embargadas, más el interés legal correspondiente.

3.º Imponer a la parte demandada el pago de las costas causadas, con una cuantía máxima (incluyendo el IVA) de trescientos euros (300 €).”

Segundo.—Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Oviedo, a 15 de marzo de 2024.—El Consejero de Hacienda y Fondos Europeos.—Cód. 2024-02508.